TSJ declara improcedentes los cambios electorales en Suma

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17 de mayo, 2014 - 1:18 pm
Redacción Diario Qué Pasa

Foto: Agencias

La Sala Electoral considera innecesario el «lapso» pedido para supervisar la elección de la junta directiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) considera no ajustada a derecho la elección de la comisión electoral del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (Suma-Zulia), que debía supervisar la elección de integrantes de la junta directiva y «autoridades del referido sindicato para el período 2013-2016».
En este sentido, el TSJ ratifica la sentencia dictada el 13 de noviembre de 2013, que declaró nula «el acta de ratificación de los miembros de la Junta Electoral Regional del Suma-Zulia». En consecuencia, señala el fallo, «se repone el proceso electoral a la fase de escogencia» de los miembros de esa junta «mediante la convocatoria de la asamblea regional, para la cual deberá revisarse el quórum  «con base a una nómina de afiliados que esté actualizada».

La Sala Electoral del TSJ designó al magistrado Malaquías Gil como ponente de la causa para resolver el recurso contra esa decisión judicial. El juez considera que «la fijación de un lapso para el cumplimiento voluntario de la sentencia —como solicitó el abogado de Suma—resulta innecesaria».

Malaquías Gil advierte, además, que «de los términos en que quedó redactada la decisión, se desprende claramente que lo ordenado es la convocatoria a la asamblea para escoger a los miembros de la junta electoral por parte del comité directivo de Suma-Zulia, y ello es de ejecución inmediata».

Este argumento, según el magistrado es lo suficientemente claro y por esa circunstancia, «se desestima la solicitud de fijar el lapso» que solicitaba el abogado del Suma-Zulia» y se ratifica esa decisión porque «resulta innecesaria».

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