El Código Penal en su artículo 478 sentencia a las personas que causen daños a animales con arresto de 8 a 45 días de prisión. Podrá aplicarse una multa por 150 unidades tributarias
Foto: Ana Machado
Maracaibo- Indignación es lo que causa el maltrato hacia los burros. El equipo reporteril del diario QUÉ PASA recorrió el día de ayer la Circunvalación N°1, puente Pomona, Amparo, Sabaneta y Circunvalación N°2, donde se pudo asegurar el ultraje a los animales que son utilizados por el hombre para llevar todo tipo de carga.
A diario los habitantes marabinos pueden evidenciar, como estos animales son explotados por humanos en su uso como fuerza de trabajo; muchos de ellos son usados como medio de transporte, para llevar sacos, recolectar basura o llevar cualquier otro objeto.
Protección animal
El Código Penal en su artículo 478 sentencia a las personas que causen daños a animales con arresto de 8 a 45 días de prisión. «El que sin necesidad haya matado un animal ajeno o le haya causado algún mal que lo inutilice, será penado por acusación de la parte agraviada, con arresto de ocho a cuarenta y cinco días», rezan las líneas del documento.
Asimismo, la norma jurídica, que no explica cuáles serían las razones para matar a un animal con necesidad, establece que «si el perjuicio es ligero, podrá aplicarse solamente multa hasta por ciento cincuenta unidades tributarias (150 UT)», lo que corresponde a un total de Bs. 45.000. Se hace un llamado al Consejo Municipal para que tomen cartas en el asunto y cumplan con lo establecido en la ordenanza sobre la Tenencia, Control, Defensa y Protección de los Animales y sus Derechos en el municipio Maracaibo.
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