Reactivación de las líneas de transporte público formalmente establecidas

Flexibilizan cuarentena en Maracaibo de ocho de la mañana a seis de la tarde

transporte
8 de mayo, 2020 - 8:58 am
Agencias

El alcalde de Maracaibo, Willy Casanova extendió el horario laboral a los establecimientos dedicados al expendio de productos esenciales hasta las 6:00 p.m 

Maracaibo – La autoridad municipal marabina modificó el artículo 5 del decreto 0024-2020 y extendió el horario de atención al público de 8:00 am a 6 pm en los establecimientos dedicados a la venta de alimentos como carnicerías, charcuterías, fruterías, supermercados, y panaderías.

Los establecimientos que expenden bebidas y comidas podrán prestar servicio también en horario de 8:00 am a 6 pm, pero solo bajo la modalidad de reparto, servicio a domicilio o pedidos para llevar.

En el decreto se detalla que los talleres mecánicos, ventas de repuestos, lubricantes podrán permanecer abiertos de 8:00 am a 4pm y el sector industrial puede reiniciar actividades.

Igualmente Casanova autoriza la reactivación de las líneas de transporte público formalmente establecidas.

Tanto los locales autorizados como el transporte público deberán cumplir con los protocolos de desinfección y las medidas de sanidad necesarias para la prevención de la propagación del Covid 19.

Aqui el decreto íntegro :

ARTÍCULO 1. Se modifica el contenido del artículo No. 5 del Decreto 0024-2020 de fecha 16 de marzo del 2020, el cual queda expresado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2. Los establecimientos comerciales cuya actividad sea el expendio comidas y bebidas, podrán permanecer abiertos en un horario de 8:00 a.m hasta las 6:00 p. m prestando servicios

exclusivamente bajo la modalidad de reparto, servicio a domicilio o pedidos para llevar. Pero no podrán prestar servicio de consumo servido al público en el establecimiento, ni celebrar espectáculos de ningún tipo. Las áreas de dichos establecimientos destinadas a la atención de clientes o comensales para consumo in situ, o para la presentación de espectáculos, permanecerán cerradas, siempre y cuando, cumplan con los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud y el estado Venezolano respecto al uso debido de las normas de sanidad e higiene, aunado a la utilización del equipamiento necesario tales como: mascarillas tapabocas y guantes.

ARTÍCULO 3. Los establecimientos comerciales cuya actividad sean: Talleres Mecánicos, Expendio de Repuestos lubricantes podrán permanecer abiertos en un horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., cumpliendo con los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud y el estado Venezolano respecto al uso debido de las normas de sanidad e higiene, aunado a la utilización del equipamiento necesario ´para la prevención de la propagación del Covid-19.

ARTÍCULO 4. El sector industrial del municipio Maracaibo a partir del presente decreto podrán reiniciar sus actividades, cumpliendo con los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud y el estado Venezolano respecto al uso debido de las normas de sanidad e higiene, aunado a la utilización del equipamiento necesario ´para la prevención de la propagación del Covid-19.

Foto: Agencia 

 

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