“Hay un rechazo en el seno de Naciones Unidas, creciente, en los países del mundo, en América Latina, en el Caribe y en la CELAC a que se construya un relato burdo y totalmente falso
El presidente de la República, Nicolás Maduro, encabezó la reunión del Consejo de Estado de la Nación desde el Palacio de Miraflores, que convocó a los mayores representantes de todos los poderes públicos para analizar las amenazas de Estados Unidos y evaluar la declaratoria de un estado de conmoción exterior.
El jefe de Estado reflexionó sobre el creciente rechazo que está teniendo las posturas radicales, intransigentes y extravagantes, que realiza el gobierno de Estados Unidos. “Hay un rechazo en el seno de Naciones Unidas, creciente, en los países del mundo, en América Latina, en el Caribe y en la CELAC a que se construya un relato burdo y totalmente falso, una narrativa inmoral contra un país con institucionalidad republicana y fortaleza constitucional como la República Bolivariana de Venezuela”, comentó.
En tal sentido, dijo que una agresión contra Venezuela por parte de EEUU, llenaría toda la región de violencia. “Un ataque contra Venezuela no solo incendiaría el Caribe, sino toda Suramérica… se construye una narrativa derrotada por su propia falsedad”, añadió.
Destacó el creciente apoyo al pueblo de Venezuela desde todos los niveles, “incluso desde la opinión pública estadounidense, que pretende imponer un estado de violencia que amenaza con escalar a una guerra catastrófica en todo el continente”.
Celebró que Venezuela ha asumido esta agresión con serenidad, “porque tenemos la razón y la verdad de nuestro lado, somos el camino, la verdad y la vida contra la violencia, la mentira y la maldad”.
El mandatario dijo que ya está listo el primer decreto constitucional “para que toda la nación tenga el respaldo, la protección y la activación de todas las fuerzas de la sociedad para responder contra cualquier ataque que se hiciera contra la República Bolivariana de Venezuela”.

Se trata del debate del Decreto por medio del cual se declara el Estado de Conmoción Exterior en todo el Territorio Nacional, que se está estudiando junto a todos los poderes de la nación.
El estado de conmoción exterior en Venezuela es una medida excepcional contemplada en el artículo 338 de la Constitución, que puede ser decretada por el Presidente de la República en caso de conflicto externo que ponga en peligro la seguridad de la nación, sus ciudadanos o sus instituciones.
¿Qué implica esta medida?
• Duración legal: Puede extenderse hasta por 90 días, prorrogable por otros 90 días más.
• Activación de poderes especiales: El Ejecutivo puede tomar decisiones extraordinarias para garantizar la defensa nacional, incluyendo movilización militar, restricciones a derechos civiles, y control sobre medios de comunicación.
¿Por qué se requiere?
El presidente Nicolás Maduro evalúa esta declaración, bajo el alegato de amenazas por el despliegue militar de Estados Unidos en el Mar Caribe, cerca de las costas venezolanas.
La posibilidad fue respaldada por los principales poderes públicos (TSJ, Asamblea Nacional, Fiscalía), en función de “blindar constitucionalmente” las acciones del Estado ante un posible ataque.
Ya se han convocado ejercicios militares, alistamiento en la Milicia Bolivariana y despliegue de fuerzas en zonas estratégicas como La Orchila y la frontera con Colombia.
Este tipo de decreto busca consolidar una respuesta nacional ante amenazas externas, pero también ha sido objeto de debate por sus implicaciones políticas y sociales.
¿Qué dice el artículo 338 de la Constitución?
El artículo 338 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece las condiciones para decretar los estados de excepción.
En concreto el artículo establece que:
«Podrá decretarse el estado de alarma cuando se produzcan catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares que pongan seriamente en peligro la seguridad de la Nación o de sus ciudadanos y ciudadanas».
«Podrá decretarse el estado de emergencia económica cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida económica de la Nación»; de hecho, existe una declaración de este tipo de emergencia vigente.
«Podrá decretarse el estado de conmoción interior o exterior en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones».
La duración de estos estados será:
• Estado de alarma: hasta 30 días, prorrogable por otros 30.
• Emergencia económica: hasta 60 días, prorrogable por otros 60.
• Conmoción interior o exterior: hasta 90 días, prorrogable por otros 90.
La aprobación de la prórroga corresponde a la Asamblea Nacional. Una Ley Orgánica regulará los estados de excepción y determinará las medidas que pueden adoptarse con base en este tipo de modelos de excepción.
El artículo 338 está diseñado para proteger la nación en situaciones extremas. En varios casos, se ha usado para ampliar el poder del Ejecutivo.
Antecedentes de aplicación del artículo 338
El artículo 338 ha sido invocado en varias ocasiones, cada una con implicaciones políticas, sociales y económicas distintas:
1. Estado de emergencia económica (2016–2020)
– Contexto: Crisis económica, hiperinflación, escasez de alimentos y medicinas.
– Gobierno: Nicolás Maduro decretó múltiples estados de emergencia económica, prorrogados sucesivamente.
– Implicaciones: Permitió al Ejecutivo legislar por decreto en materia económica, sin aprobación parlamentaria.
2. Estado de alarma por la pandemia (2020)
– Contexto: COVID-19.
– Medida: Se decretó estado de alarma para restringir movilidad, suspender clases presenciales y controlar actividades económicas. Este estado fue renovado varias veces durante más de un año, lo que generó críticas por su prolongación y falta de control legislativo.
3. Conmoción interior (2017)
– Contexto: Protestas masivas contra el gobierno.
– Acción: Aunque no se decretó formalmente el estado de conmoción interior, se aplicaron medidas similares: militarización de ciudades, detenciones masivas y suspensión de garantías.
– Debate: Juristas como Perkins Rocha señalaron que el Ejecutivo actuó como si estuviera bajo estado de excepción, sin cumplir los requisitos constitucionales.
4. Conmoción exterior (2025)
– Contexto actual: Podría decretarse en respuesta al despliegue militar estadounidense en el Caribe.
– Objetivo: “Blindar constitucionalmente” la defensa nacional, movilizar tropas y justificar medidas excepcionales.
– Reacción: Apoyo institucional por parte del TSJ, Asamblea Nacional y Fiscalía, aunque sectores opositores cuestionan la legalidad y motivación política de la medida.
Impactos de estos decretos
Desde 2016, el Ejecutivo ha dictado más de 12 decretos de emergencia económica sin aprobación parlamentaria, los cuales han permitido aprobar presupuestos sin discusión legislativa, redireccionar recursos a fondos especiales, emitir leyes de endeudamiento sin control institucional.
Con estos instrumentos se emitieron leyes especiales de endeudamiento sin aprobación legislativa y el Ejecutivo reprogramó pagos y contrató créditos sin rendición de cuentas.







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