El día 1 de mayo de 2017, el presidente de la República, Nicolás Maduro firmó el decreto de convocatoria al inicio del proceso de conformación de una Asamblea Nacional Constituyente
Foto: Referencial
Caracas-Esto como alternativa democrática, participativa y protagónica para garantizar la paz del país, ante las amenazas violentas de sectores de la oposición interna y de algunos poderes hegemónicos internacionales.
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¿Dónde está su fundamentación jurídica y política?
La convocatoria a Constituyente está plasmada y especificada en la actual Constitución aprobada en el año 1999. Se trata de los artículos 347, 348 y 349 que citaremos a continuación:
Artículo 347: El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
Artículo 348: La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el registro civil y electoral.
Artículo 349: El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente.
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¿Cómo se elegirá?
La convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente es un proceso popular, democrático. Va a ser conformada por voto universal, secreto y directo. Tomará en cuenta la representación sectorial y territorial. Ejemplo 1: los empresarios, indígenas, movimientos sindicales, estudiantiles podrán escoger sus propios representantes. Ejemplo 2: en cada municipio se podrá elegir nominalmente a sus representantes.
Según el decreto firmado por el Presidente Nicolás Maduro, la Asamblea estará integrada por 500 constituyentes.
¿Cuáles son sus objetivos?
El Jefe de Estado venezolano expresó el día 1 de mayo: «Convoco al poder constituyente originario del pueblo, es la hora, es el camino, no dejaron más alternativas, aquí tenemos a la hija de Chávez (la Constitución), aquí tenemos a la pionera, quiso nuestro Comandante Chávez perfeccionarlo en el 2007 y las condiciones no dieron; convoco el poder constituyente originario para lograr la paz que necesita la República, para derrotar el golpe fascista y para que sea el pueblo, con su soberanía, quien imponga la paz, la armonía y el diálogo nacional verdadero».
Entre los objetivos del llamado a Asamblea Nacional Constituyente
-Garantizar la paz, reorganizar el Estado y desarrollar un nuevo ordenamiento jurídico y constitucional sin ningún tipo de limitaciones que no sea por supuesto el respeto a los derechos humanos.
-Cerrar las ventanas a las amenazas de instalación de una guerra civil en Venezuela, con la apertura a un proceso democrático, popular y originario; para que el pueblo decida sobre el modelo de país que queremos construir.
-Fortalecer y perfeccionar la Constitución del año 1999.
-Construir las bases para el nuevo modelo económico post-petrolero.
-Incluir el Sistema de Grandes Misiones y Misiones Sociales como parte del modelo de protección del pueblo venezolano.
-Impulsar nuevas formas de democracia popular.
-Reafirmar la política de defensa de la Soberanía Nacional.
-Garantía de los derechos sociales, culturales, educativos, tecnológicos de la Juventud.
Comisión para activación de la Asamblea Nacional Constituyente
El Jefe de Estado venezolano informó sobre la Comisión que estará encargada de activar la Asamblea Nacional Constituyente:
Presidente: EliasJaua / Vicepresidente: Julián Isaías Rodríguez / Secretario Ejecutivo: Adán Chávez Frías.
Jurisconsultas: Cilia Flores / Delcy Rodríguez.
Además estará integrada por: Aristóbulo Istúriz/ María Iris Varela/ Francisco Ameliach / Reinaldo Muñoz/ Elvis Amoroso/ Hermann Escarrá/ Nohelí Pocaterra/ Earle Herrera.
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