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Lea, conozca y discuta la carta democrática de la OEA

carta
23 de marzo, 2017 - 3:46 pm
Redacción

El diario Qué Pasa les muestra a sus lectores en un trabajo especial el significado de la Carta Democrática de la Organización de los Estados Americanos (OEA)

Foto: Agencias

IV – Fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática

Artículo 17

Cuando el gobierno de un Estado Miembro considere que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática.

Artículo 18

Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación. El Secretario General elevará un informe al Consejo Permanente, y éste realizará una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario, podrá adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento.

Artículo 19

Basado en los principios de la Carta de la OEA y con sujeción a sus normas, y en concordancia con la cláusula democrática contenida en la declaración de la ciudad de Quebec, la ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en un Estado Miembro constituye, mientras persista, un obstáculo insuperable para la participación de su gobierno en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las conferencias especializadas, de las comisiones, grupos de trabajo y demás órganos de la organización.

Artículo 20

En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente.

El Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática.

Si las gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o si la urgencia del caso lo aconsejare, el Consejo Permanente convocará de inmediato un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para que ésta adopte las decisiones que estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la Carta de la Organización, el derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática.

Durante el proceso se realizarán las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática.

Artículo 21

Cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato.

El Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la organización, en particular en materia de derechos humanos.

Adoptada la decisión de suspender a un gobierno, la organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado Miembro afectado.

Artículo 22

Una vez superada la situación que motivó la suspensión, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá proponer a la Asamblea General el levantamiento de la suspensión. Esta decisión se adoptará por el voto de los dos tercios de los Estados Miembros, de acuerdo con la Carta de la OEA.

V – La democracia y las misiones de observación electoral

Artículo 23

Los Estados Miembros son los responsables de organizar, llevar a cabo y garantizar procesos electorales libres y justos.

Los Estados Miembros, en ejercicio de su soberanía, podrán solicitar a la OEA asesoramiento o asistencia para el fortalecimiento y desarrollo de sus instituciones y procesos electorales, incluido el envío de misiones preliminares para ese propósito.

Artículo 24

Las misiones de observación electoral se llevarán a cabo por solicitud del Estado Miembro interesado. Con tal finalidad, el gobierno de dicho Estado y el Secretario General celebrarán un convenio que determine el alcance y la cobertura de la misión de observación electoral de que se trate. El Estado Miembro deberá garantizar las condiciones de seguridad, libre acceso a la información y amplia cooperación con la misión de observación electoral.

Las misiones de observación electoral se realizarán de conformidad con los principios y normas de la OEA. La organización deberá asegurar la eficacia e independencia de estas misiones, para lo cual se las dotará de los recursos necesarios. Las mismas se realizarán de forma objetiva, imparcial y transparente, y con la capacidad técnica apropiada.
Las misiones de observación electoral presentarán oportunamente al Consejo Permanente, a través de la Secretaría General, los informes sobre sus actividades.

Artículo 25

Las misiones de observación electoral deberán informar al Consejo Permanente, a través de la Secretaría General, si no existiesen las condiciones necesarias para la realización de elecciones libres y justas.

La OEA podrá enviar, con el acuerdo del Estado interesado, misiones especiales a fin de contribuir a crear o mejorar dichas condiciones.

VI – Promoción de la cultura democrática

Artículo 26

La OEA continuará desarrollando programas y actividades dirigidos a promover los principios y prácticas democráticas y fortalecer la cultura democrática en el Hemisferio, considerando que la democracia es un sistema de vida fundado en la libertad y el mejoramiento económico, social y cultural de los pueblos. La OEA mantendrá consultas y cooperación continua con los Estados Miembros, tomando en cuenta los aportes de organizaciones de la sociedad civil que trabajen en esos ámbitos.

Artículo 27

Los programas y actividades se dirigirán a promover la gobernabilidad, la buena gestión, los valores democráticos y el fortalecimiento de la institucionalidad política y de las organizaciones de la sociedad civil. Se prestará atención especial al desarrollo de programas y actividades para la educación de la niñez y la juventud como forma de asegurar la permanencia de los valores democráticos, incluidas la libertad y la justicia social.

Artículo 28

Los Estados promoverán la plena e igualitaria participación de la mujer en las estructuras políticas de sus respectivos países como elemento fundamental para la promoción y ejercicio de la cultura democrática.

Se ha activado 8 veces

La Carta Democrática Interamericana se ha activado como un mecanismo para evitar que las crisis políticas e institucionales se incrementen con el envío de misiones especiales o la apertura de procesos de diálogo.

2002. Venezuela
La vuelta al poder del presidente Hugo Chávez en abril de 2002 dejó sin efecto la Carta.

2003. Bolivia
Para apoyar al entonces jefe de estado Gonzalo Sánchez de Lozada, y a pedir a las fuerzas políticas del país a trabajar por la estabilización del orden público mediante la negociación.

Sánchez de Lozada abandonó al poder y su vicepresidente Carlos Mesa asumió el cargo hasta 2005, cuando renunció y tomó la presidencia el presidente del Tribunal Supremo, Eduardo Rodríguez Veltzé.

2004. Nicaragua
Por la crisis política e institucional que se vivía en Nicaragua, por la modificación de la Constitución para restringir los poderes presidenciales, el representante del país su aplicación en el 2004.

Una comisión del ente fue al país, el secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, envió una carta al presidente Enrique Bolaños, en la que lo apremiaba a buscar una rápida solución esto motivó al mandatario nacional a reunirse con Sandinistas y Liberales y a establecer acuerdos que le permitieron finalizar su mandato en 2007.

2004. Perú
En 2004, Perú fue el foco de atención de la OEA debido la  difícil situación económica y social por la que atravesaba el país, que ubicó los niveles de pobreza en 54%. La solicitud de activación del mecanismo contó con el apoyo del presidente Alejandro Toledo, quien logró calmar las aguas después de que una comisión del organismo le brindara apoyo.
 
2004. Ecuador
Por el derrocamiento del presidente Lucio Gutiérrez. El organismo envió a esa nación una misión,  para intentar consolidar la democracia. El conflicto se dirimió luego de meses de acuerdos.
 
2008. Bolivia
En 2008 fue solicitada su aplicación nuevamente para Bolivia debido al referendo revocatorio que decidiría el futuro de Evo Morales en la presidencia de la nación. La elección provocó una serie de enfrentamientos internos que llevaron a la masacre de 16 campesinos. El organismo organizó y desplegó una Misión de Observación Electoral compuesta por 122 observadores procedentes de 15 Estados miembros  de la OEA y de dos países observadores. La votación ratificó en el cargo a Evo Morales, quien aún ostenta la presidencia de la nación.
 
2009. Honduras
El mismo mecanismo se utilizó para condenar la salida del poder, a través de un golpe de Estado, del presidente de Honduras, Manuel Zelaya. En aquella oportunidad la conclusión fue la suspensión del país del organismo regional. El país volvió a la OEA en 2011 después de lograr 32 votos a favor y la oposición de Ecuador.

El depuesto presidente Zelaya actuó como presidente en el exilio en la embajada de Brasil en Tegucigalpa desde el 22 de septiembre de 2009 y el 27 de enero de 2010, abandonó el país con rumbo a República Dominicana, esto se llevó a cabo gracias a un salvoconducto otorgado por el presidente Porfirio Lobo Sosa.
 
2010. Ecuador
La conocida como «Crisis 30S», un conflicto de seguridad que inició como una huelga policial para exigir mejoras salariales, el 30 de septiembre en Ecuador hizo que el organismo aplicara nuevamente el documento en el país para condenar los hechos en los que hasta se difundió que el presidente del país, Rafael Correa estuvo secuestrado.

 

 

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