Ya en agosto de 2024, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la había declarado también no culpable de las imputaciones que le hacía el Ministerio de Salud Pública, que la acusaba de violar artículos de la Ley General de la Salud de República Dominicana
La traumatóloga venezolana Karla María Moya Boada fue absuelta por segunda vez de la acusación de ejercer la medicina sin estar autorizada en República Dominicana. Un segundo tribunal colegiado de ese país declaró «sentencia absolutoria» a favor de Moya y de la entidad social «Láser Point Rejuvenation Center», que lleva su nombre, informó el medio Diario Libre.
La sentencia, que fue entregada a las partes este martes 27 de mayo, fue emitida por el Tercer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
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«Declara no culpable a la imputada Karla María Moya Boada, venezolana (…) y a la entidad Láser Point Rejuvenation Center by Karla Moya Boada», reza el numeral primero de la sentencia.
Dos absoluciones y próximas acciones legales
Ya en agosto de 2024, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la había declarado también no culpable de las imputaciones que le hacía el Ministerio de Salud Pública, que la acusaba de violar artículos de la Ley General de la Salud de República Dominicana.
Moya Boada, quien entregó la sentencia a los medios, expresó su satisfacción. «Hoy me place buscar la sentencia que por segunda vez y de manera definitiva me descarga de la injuria que fui víctima de ejercer medicina ilegal en República Dominicana, lo que nunca hice a pesar de graduarme de medicina en mi país, donde trabajé ejerciendo mi profesión de médico graduada en la Universidad Central de Venezuela», afirmó.
La traumatóloga adelantó que ha instruido a sus abogados para interponer acciones legales contra quienes la «difamaron» con una «tan vil acusación», incluyendo colegas suyos y compatriotas, aunque no citó nombres.
El Tercer Tribunal Colegiado también levantó las medidas de coerción que pesaban contra la venezolana, las cuales incluían una garantía económica de 2 millones de pesos dominicanos, impedimento de salida sin autorización judicial y presentación periódica.
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