Foto: Agencias
Caracas — A través de la Gaceta Oficial Nº 40.694 el Gobierno estableció nuevas tarifas o fletes a ser cobrados por la prestación del servicio de transporte terrestre de carga de materiales, insumos y materia prima requerida, para la ejecución construcción en el país.
La providencia señala que las tarifas establecidas deben aplicarse obligatoriamente, para el transporte de carga de rubros de la construcción y para las asociaciones cooperativas de transporte de carga que ejecuten su actividad productiva en el país.
Esta resolución aplica a los ministerios del Poder Popular para Transporte Terrestre y Obras Públicas bajo el decreto Nº 1.213, para Hábitat y Vivienda con el decreto Nº 1.702 y de Petróleo y Minería bajo el decreto Nº 1.213.
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