Caracas — Prorrogaron hasta el 1º de agosto de 2014 la entrada en vigencia de la providencia Nº 078 que establece las normas para la emisión de facturas de boletos aéreos y otros documentos por parte de líneas aéreas nacionales e internacionales, agencias de viaje y turismo, así lo dio a conocer funcionarios del ministerios de Economía, Finanzas y Banca Pública; y de Transporte Acuático y Aéreo.
La providencia regula la emisión de facturas, notas de crédito y débito a través de formatos elaborados por imprentas del Seniat, mediante formas libres o máquinas fiscales.
Asimismo, se establecen los requisitos que deben tener la factura: Nombre y apellido del pasajero, cédula de identidad, número de pasaporte (si era un viaje internacional) domicilio fiscal, identificador del prestador de servicio de transporte, número de boleto, itinerario de vuelo y modo de pago.
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