El BCV publicó un documento en el que explica los lineamientos tecnológicos y el redondeo de precios y de valores monetarios con el bolívar digital en la nueva reconversión
El Banco Central de Venezuela (BCV) ordenó a los comercios a expresar los precios de los bienes y servicios tanto en bolívares actuales como en sus nuevas expresiones a partir del 1° de octubre, cuando entra en vigencia la nueva reconversión monetaria.
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El BCV publicó un documento en el que explica los lineamientos tecnológicos y del redondeo de precios y de valores monetarios para la implementación de la nueva reconversión, la tercera desde 2008, que entrará en vigencia el 1° de octubre con la circulación de una moneda y cinco nuevos billetes y la implementación del bolívar digital.
En primer lugar, el ente emisor indicó que para llevar las cifras actuales a la nueva expresión monetaria sencillamente se debe dividir el número entre 1.000.000.
De este cálculo mayormente resultará un monto compuesto por una parte entera y una parte decimal. Por ejemplo, al dividir el precio del dólar paralelo, que el martes 10 de agosto estaba en un promedio de Bs. 4.154.604, da como resultado 4,154.
El 4 es la parte entera y el 154 la decimal, la cual se buscará redondear a dos dígitos de la siguiente manera:
Si el tercer decimal es inferior al número 5, los primeros dos decimales se quedarán como resultaron.
Por ejemplo, el precio del dólar quedaría en 4,15. Pero si es igual o superior, el segundo decimal se incrementará en una unidad. Por ejemplo, si el monto fuese de 4,108, se redondearía a 4,11.
Sin embargo, el BCV señala que sí se podrán usar los tres decimales en el pago de: combustibles, gas, agua, electricidad, aseo urbano, telefonía, internet, pasajes del sistema Metro y envíos postales nacionales.
También en los montos de la unidad tributaria, saldos de las operaciones activas o pasivas en el sistema financiero nacional y de créditos comerciales, acciones incluso aquellas que no se coticen en el mercado bursátil, cuotas de participación y otros títulos negociables; tarifas, tasas y otros precios públicos y el tipo de cambio oficial.
Orden del BCV
La autoridad monetaria ordena a los comercios a expresar los precios de los bienes y servicios tanto en bolívares actuales como en sus nuevas expresiones a partir del 1° de octubre.
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