Foto: Agencias
Caracas — La Sala Político Administrativa con ponencia de su presidente, magistrado Emiro García Rosas, declaró este jueves sin lugar la demanda impuesta por la sociedad mercantil CDS Telecom, C.A. y el ciudadano Édgar Jiménez Pérez, contra la empresa Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV).
Según la parte demandante, la empresa CANTV, infringió derechos de propiedad industrial de CSD Telecom, C.A. sobre la marca «Listo®» en Clases 16 y 38 del Clasificador Internacional Niza, por haber usado el signo distintivo «Listo» para identificar en el mercado su servicio de telefonía inalámbrica.
El TSJ señala que el adjetivo «listo» es un término que no puede ser registrado por ser de uso común en el idioma castellano, incapaz de ser empleado para distinguir productos o servicios.
Concluyó el TSJ que no existen elementos de convicción que permitan sostener que el empleo por parte de la empresa telefónica, constituya una infracción al derecho de uso exclusivo de los demandantes.







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