Caracas — En Gaceta Oficial N° 40.913 correspondiente al día 27 de mayo de 2016, fue publicado el nuevo Convenio Cambiario mediante el cual se establece que las personas privadas nacionales o extranjeras que hayan obtenido la licencia correspondiente del Ministerio para Petróleo y Minería para desarrollar actividades a las que se refiere el Capítulo V de la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos, no poseerán divisas otorgadas por el Estado.
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