Supermercados se niegan a reenganchar a 15 trabajadores señalados de «bachaqueros»

1601 PLANTA DENUNCIA TRABAJADORES DE SUPERMERCADOS DESPEDIDOS POR (BACHAQUEROS) JOHEYDIS PABON (2)
9 de mayo, 2015 - 1:00 pm
Redacción Diario Qué Pasa

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Empleados de los diferentes supermercados se acercaron hasta QUÉ PASA para plantear la situación

Fotos: Archivo

Víveres de Candido, Súper Tiendas Latino, Enne, Centro 99 y Supermart alegan que cumplen con una orden emanada del secretario general de Gobierno, Billy Gasca. El procedimiento se hizo sin notificar al Ministerio de Trabajo

Maracaibo – Efraín Godoy, Johendry Rodríguez, Alexis Chourio, Yhoanna Montiel, María Araujo, Elvira Portillo, Andrea Bríñez Negrón, Soreni Rangel, María Gabriela Viloria Romero, Yosmar Enrique Bracho Perozo, Javier Alfredo Ocando,  Roy Enrique Pardo Ortega, Junior López, Ken Barboza y Elguis Quintero, fueron despedidos por las empresas comercializadoras de alimentos citadas mas adelante, sin cumplir el procedimiento imperativo de «Solicitar la Calificación del Despido por ante la autoridad del trabajo, la cual ordenó el reenganche inmediato correspondiente, pero los representantes de las empresas se niegan a cumplir con la orden emanada de la Autoridad del Trabajo».

Víveres de Candido, Súper Tiendas Latino C.A., Súper Tiendas Enne, Centro 99 (Conrreca) y Tiendas Supermart, se niegan a cumplir los  mandatos de reenganche, aduciendo que cumplen órdenes del secretario general de Gobierno, Billy Gasca Zabaleta quien, en carta dirigida al ciudadano Suhail Durán, gerente de Operaciones de Súper Tienda Latino C.A., dice: «Me es grato dirigirme a usted en la oportunidad de notificarle que en uso de las atribuciones legales inherentes a la función pública que detento, con el firme propósito de coadyuvar en el resguardo de los derechos de las personas dentro del territorio de esta entidad para la seguridad alimentaria (…) este despacho ha decidido  instruirle para que realice las medidas conducentes a evitar la permanencia de la ciudadana ANDREA BRÍÑEZ, titular de la cédula de identidad No. 18.919.655, quien ejerce funciones como VENDEDOR/CAJERA, debido a que se inició una investigación administrativa en nombre de la precitada trabajador (sic) por estar incursa en faltas y/o delitos contra la seguridad alimentaria que será sustentada mediante denuncia formal ante la Fiscalía del Ministerio Público y debidamente notificada al Ministerio del Poder Popular Para el Proceso Social del Trabajo a los fines consiguientes».

Los trabajadores denunciantes aducen que las empresas no pueden despedirlos porque no han cumplido con el requisito, de obligatorio acatamiento, de abrir el procedimiento, pidiendo ante la autoridad del trabajo, la Calificación de Despido y por tanto ni siquiera tienen potestad para solicitar la medida temporal de apartarlos de los centros de trabajo mientras dure el procedimiento de calificación.

Despedirlos sin cumplir con cuanto establece la Ley del Trabajo, es negarles el derecho a la defensa, que se consagra para «ejercerla en cualquier estado y grado del proceso» y en los asuntos laborales más aún, pues en los trabajadores el legislador presume la buena fe y al patrono corresponde la carga de la prueba para demostrar que están incursos en causal de despido: Ante la confrontación de la palabra del trabajador, con la del patrono, prevalece la del trabajador, por ser el débil jurídico en la relación laboral, afirmaron.

El fiscal superior

Requerido por los trabajadores para que les informe si por ante la Fiscalía cursa alguna denuncia contra ellos, tal como en la carta mencionada advierte que lo hará el secretario general de Gobierno, el abogado Richard Linares, representante máximo del Ministerio Público en el Zulia, les negó el pedimento, sin motivación alguna, poniendo de lado su obligación primaria de: 1°) Garantizar en los procesos judiciales el respeto de los derechos constitucionales…, 2°) Garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso.

Los trabajadores alegan contra la carta del secretario general de Gobierno, que si hubiese fundamento alguno para ordenar a sus patronos que los despidiesen, por ser el doctor Billy Gasca autoridad, ser abogado y trabajar para un gobierno socialista, debía proteger a los trabajadores hasta que se demostrase que los señalados eran realmente culpables de lo que pudiesen imputarles y no ponerse de parte de los patronos.

Indicaron los voceros del grupo que habían concurrido ante la Defensoría del Pueblo, para solicitar la asistencia, del Defensor, para que los proteja en el ejercicio de sus Derechos Humanos.

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En el momento de la emisión de la carta Suhail Durán era la gerente de operaciones de Súper Tienda Latino

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