Órganos públicos deben estar con los abuelos (V)

4AAA
13 de octubre, 2015 - 1:48 pm
Redacción Diario Qué Pasa

Los abuelos tendrán la oportunidad de mejorar la atención social con la nueva ley

Foto: @CdelAbueloGBZ

Ente regional y municipal tendrán obligaciones con los adultos mayores

Maracaibo —
Imelda Rincón, miembro del equipo redactor de Ley de Servicios Sociales al Adulto y Adulta Mayor del estado Zulia, resaltó la corresponsabilidad de los organismos públicos y privado para la atención integral que deben prestar a las personas de la tercera edad.

«La nueva legislación establece coordinación y cooperación entre organismos públicos,  privados y las comunidades; la transferencia de servicios y la previsión presupuestaria de parte de la Gobernación del Zulia», destacó Rincón.

Actualización

Por otra parte, la directora de la Casa del Abuelo, Yoraida Morán, informó que hoy la actualización de datos a los abuelos ya inscritos en las ayudas económicas se realizará en el municipio Cabimas hasta el jueves 15 de octubre. «Solo se requiere llevar 2 copias de cédula y copia de la primera hoja de la libreta, una foto tipo carnet  y en el sitio se hace la fe de vida».

Corresponsabilidad

Artículo 16.
Los organismos públicos y privados con competencia en materia de servicios sociales al adulto y adulta mayor y el Inamez, son responsables de garantizar los programas y servicios previstos en esta Ley, estableciendo los mecanismos de cooperación y coordinación necesarios para que las acciones se cumplan con la mayor eficacia y eficiencia en beneficio de los sujetos protegidos por esta Ley.

Artículo 17. Las autoridades municipales del estado Zulia en el ámbito de sus competencias, deberán participar activamente y en forma protagónica en la cogestión de los programas y servicios establecidos por esta Ley, a partir de convenios con el Inamez.

Artículo 18. El Gobernador o Gobernadora del Estado, deberá incluir en su presupuesto anual las partidas necesarias para la ejecución y desarrollo de los programas y servicios contemplados en esta Ley.

Artículo 19. Las autoridades municipales del estado Zulia, en el ámbito de sus competencias, deberán hacer del conocimiento a las instancias de participación ciudadana previstas en esta Ley, así como al Inamez, sobre la formulación, ejecución y resultado de los proyectos, planes, programas y presupuestos, destinados a la atención integral de los adultos y adultas mayores.

NOTICIAS SUGERIDAS

Comente