Ley de Adulto Mayor los protege del maltrato (y VI)

4 A abuelos
15 de octubre, 2015 - 1:39 pm
Redacción Diario Qué Pasa

El trato a los ancianos debe ser el mismo que desean recibir los ahora jóvenes cuando sean de la tercera edad

Foto: @CdelAbueloGBZ

La actualización de la Casa del Abuelo es hoy en Cabimas y mañana en el municipio Guajira

Maracaibo —
En seis entregas el diario QUÉ PASA, ofreció un exclusivo abordaje a la nueva Ley de Servicios Sociales al Adulto y Adulta Mayor en el estado Zulia, dispuesto a mejorar de manera enlazada con los entes públicos, la familia y la comunidad la calidad de vida de las personas de la tercera edad.

«Según el Censo de Población del año 2011, el 8% de la masa poblacional en el Zulia alcanzaba la tercera edad y se estima que en el año 2050 sea el 50% de la población», así lo explicó la coordinadora de la Fundación Casa del Abuelo, Yoraida Morán para referir el interés de prepararse para atender a los ancianos que son los jóvenes de hoy.

El maltrato es un tema tenso dentro del seno familiar o de las instituciones que atienden a los abuelos, quienes por relación de vida vuelven a ser niños, y como tal deben ser tratados, indicó Morán, socióloga y  miembro de la comisión redactora de la ley.

«La legislación contempla las denuncias de maltrato físico o emocional a esta población, que será defendida por los entes encargados, de conformidad con el estatuto y leyes vigentes», aseguró.

Actualización

Por otro lado, Morán recordó que el proceso de actualización de los inscritos en las ayudas económicas de la institución, se mantiene hasta hoy 15 de octubre en el municipio Cabimas, desde el Club Social y Deportivo «La Salina», donde se espera una población de 514.

El viernes 16 el proceso de actualización continuará en el municipio Guajira.

Denuncias

Artículo 80. Las personas que tengan conocimiento de la comisión de una falta o delito en contra de las personas amparadas por la presente Ley, deberán notificarlo de inmediato al Instituto del Adulto y Adulta Mayor del Estado Zulia (Inamez), al Ministerio Público o a cualquier otra autoridad competente.

Artículo 81. El Instituto del Adulto y Adulta Mayor del Estado Zulia (Inamez), brindará asesoría y atenderá las denuncias que se presenten con ocasión del maltrato físico o emocional de las personas protegidas por esta ley y procederá a denunciar al presunto agresor por ante el Ministerio Público.

NOTICIAS SUGERIDAS

Comente