La suspension es para los impuestos del mes de marzo

Alcalde de Maracaibo suspende pago mínimo tributable a contribuyentes

Maracaibo
2 de abril, 2020 - 11:22 am
Nota de prensa

El Alcalde de Maracaibo explicó que el mínimo tributable no será aplicado a la declaración de ingresos brutos correspondientes al mes de marzo

Maracaibo- Ante la emergencia permanente y el estado de alarma en el país, generado por la pandemia del COVID-19, el alcalde de Maracaibo, Willy Casanova, firmó un decreto que suspende el pago del mínimo tributable durante el mes de marzo.

El decreto mantiene en vigencia la cancelación del porcentaje para los contribuyentes, según los ingresos obtenidos por la actividad económica que desarrollan en el municipio.

Según Willy Casanova, la medida establecida en el decreto 0026 busca la proteger especialmente a aquellos contribuyentes que, debido al estado de alerta y la cuarentena decretada por la pandemia del COVID-19, han visto limitada su actividad comercial e industrial.

Al respecto, el Alcalde explicó que el mínimo tributable no será aplicado a la declaración de ingresos brutos correspondientes al mes de marzo.

Además, al monto declarado le será aplicado el porcentaje o alícuota que conforme al clasificador de actividades económicas y a su clasificación le corresponda, y deben pagar el impuesto antes de finalizar el mes de abril.

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En este sentido, el decreto municipal también establece que los contribuyentes sujetos al pago de los tributos establecidos en la ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas, Comerciales, Industriales, de Servicio y de Índole Similar, podrán presentar la declaración de ingresos brutos correspondientes al mes de marzo, en abril y pagar la totalidad del impuesto antes del 30 de abril.

En beneficio de todo el pueblo maracaibero, el decreto 0026 exonera del pago de los servicios públicos de gas y de aseo urbano, que corresponde a marzo, tanto a usuarios residenciales como comerciales, excepto las clínicas, los servicios de emergencias, las industrias de alimentos, supermercados, farmacias, restaurantes y puestos de comidas.

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Buen día. Informo que he firmado un nuevo Decreto Municipal, N° 0026-2020, en medio de esta compleja situación pandemia y Estado de Alarma decretado por el Presidente @nicolasmaduro. A fin de proteger al sector productivo, empresarial y prestador de servicios, es decir, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que ejercen alguna actividad económica, he tomado las siguientes decisiones. ___________ ARTÍCULO 1.- Los contribuyentes sujetos al pago de los tributos previstos en la Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas, Comerciales, Industriales, de Servicio y de Índole Similar, publicada en Gaceta Municipal N° 050-2020 de fecha 18 de febrero de 2020, podrán presentar la declaración de ingresos brutos correspondientes al mes de marzo del año 2020, a partir del primer día de abril al 30 de abril de 2020 y pagar la totalidad del impuesto antes del 30 de abril del presente año. ARTÍCULO 2.- El mínimo tributable no será aplicado a la declaración de ingresos brutos correspondientes al mes de marzo del año 2020, a cuyo monto declarado le será aplicado el porcentaje o alícuota que conforme al Clasificador de actividades económicas y a su clasificación le corresponda, y deben pagar el impuesto durante el lapso arriba señalado. ARTÍCULO 3.- Se exonera del pago de la tasa por prestación de los servicios de distribución de gas y de aseo urbano, domiciliario y comercial, servicios especiales y extraordinarios, correspondiente al mes de marzo del año 2020 a los usuarios con domicilio en la ciudad de Maracaibo. Quedan EXCLUIDOS del presente Decreto las actividades especificadas en el documento. 👉 VER LAS PÁGINAS 3 Y 4. ___________ Este Decreto entrará en vigencia a partir del 16 de marzo de 2020. #WillyCasanova

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Foto: Agencia

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