A pesar de que nunca lo asumió

¿Por qué Guanipa fue destituido de su cargo?

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28 de octubre, 2017 - 9:19 am
Ricardo Serrano / [email protected]

Los diputados del CLEZ declararon, sin las dos terceras partes del cuórum, el abandono de cargo de GuanipaFoto: Agencia

Maracaibo – Juan Pablo Guanipa, exgobernador electo del Zulia, recurrió a las dos instancias legales que estipula la Constitución regional para prestar juramento y asumir funciones.

El 24 de octubre trató de dirigirse hasta la sede del Consejo Legislativo del Estado Zulia (CLEZ) para exigir a los parlamentarios su juramentación, pero la marcha de simpatizantes que lo acompañaba fue reprimida por la Guardia Nacional.

Al día siguiente, Guanipa y un equipo de abogados acudieron a la sede de los Tribunales Judiciales, en la antigua sede del Banco Mara, para interponer un recurso de solicitud de juramentación de funcionario público, pero, por vía de hecho,  la Vicepresidencia del Juzgado Nacional Contencioso y la Coordinación Judicial negaron y rechazaron el recurso legal.

Para destituirlo, el Consejo Legislativo se fundamentó en el artículo 75 de la Constitución del Zulia, que especifica que son faltas absolutas; «1) La muerte; 2) La renuncia; 3) La interdicción civil; 4) La condena penal mediante sentencia definitivamente firme; 5) El abandono del cargo declarado por el Consejo Legislativo por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes; y 6) la revocatoria de su mandato por referendo».

Sin embargo, a juicio de José Ignacio Hernández, abogado constitucionalista y profesor de Derecho de la UCV, no es jurídicamente procedente que se declare la vacante del cargo de Guanipa porque ninguna de las seis condiciones del artículo 75 se cumplió y «mal puede abandonarse un cargo que no se está ejerciendo», señaló el jurista consultado por el equipo de QUÉ PASA.

Argumenta que al ocupar esa vacante, la presidenta del CLEZ estaría «usurpando el ejercicio de un cargo público».

El también abogado y constituyente Hermán Escarrá, acusó a Guanipa de declararse en «contumacia», es decir, que se mantuvo firme en sus ideas, contra la orden de la ANC mediante decreto del 18 de octubre.

Escarrá sustentó como válida la declaratoria de abandono de cargo a Guanipa porque, según expuso en sesión de la ANC, el artículo 349 de la Constitución  establece que «los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente» y  por lo tanto, «al ser el poder soberano del pueblo nadie lo puede contrariar», dijo.

Lo investigarán

El constituyentista Julio Chávez comunicó ayer que es probable que se abra una investigación en la Asamblea Nacional Constituyente para inhabilitar a Juan Pablo Guanipa para que no pueda ejercer algún cargo público en el futuro, declaró en entrevista a VTV.

Chávez argumenta la medida a partir de la negativa de Guanipa a juramentarse en la ANC y tras ser declarada, por consiguiente,  la falta y vacante absoluta de su cargo por parte del Consejo Legislativo del Estado Zulia (CLEZ).

Indicó que el dirigente político no podrá presentarse para la próxima elección de gobernador a repetirse en diciembre en la entidad.

Detalló que en los decretos de la ANC sobre juramentaciones, emitidos el 18 de octubre, no se estipula  una inhabilitación política sobre Guanipa.

Hasta el cierre de esta edición, la directiva de la ANC no se ha pronunciado sobre tal investigación.

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