Les prohíben la salida del país y bloquean sus cuentas bancarias

TSJ dictó medidas cautelares a representantes del CNU elegidos por la AN

tsj 180619
10 de diciembre, 2019 - 9:25 am
Karolay Ordoñez/Agencia

El Tribunal Supremo de Justicia declaró nula la designación de los profesores Miguel Eduardo Albujas y Manuel Leopoldo Rachadell como autoridades del CNU

Caracas- El Tribunal Supremo de Justicia declaró nula la designación de representantes del Consejo Nacional de Universidades (CNU) elegidos por la Asamblea Nacional.

Miguel Eduardo Albujas y Manuel Leopoldo Rachadell fueron designados por el Parlamento el pasado 3 de diciembre como autoridades del CNU.

La sentencia también dictó una serie de medidas cautelares contra ambos. Les prohíbe la salida del país y además bloquea sus cuentas bancarias.

Aseguran que la decisión se anuló porque la Asamblea Nacional se encuentra en desacato.

A continuación la sentencia del TSJ:

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:

1.- LA NULIDAD ABSOLUTA y CARENCIA DE EFECTOS JURÍDICOS de la designación del nombramiento de los ciudadanos MIGUEL EDUARDO ALBUJAS DORTA Y MANUEL RACHADELL SÁNCHEZ como representantes ante el Consejo Nacional de Universidades (CNU), por colidir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos expresados supra.

2.- Se dictan MEDIDAS CAUTELARES de prohibición de salida del país de los ciudadanos Miguel Eduardo Albujas y Manuel Leopoldo Rachadell; prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes propiedad de los referidos ciudadanos; bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias y/o cualquier otro instrumento en el sistema financiero de los prenombrados ciudadanos.

3.- SE EXHORTA al Ministerio Público a que investigue penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos contemplados en la Constitución y en la ley.

4.- ORDENA la notificación al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, para su consideración y toma de decisiones pertinentes, del pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia contenido en la presente sentencia.

5.- RATIFICA que cualquier actuación de la Asamblea Nacional y de cualquier órgano o individuo en contra de lo aquí decidido será nula y carente de toda validez y eficacia jurídica, sin menoscabo de la responsabilidad a que hubiere lugar.

6.- Se ACUERDA agregar copia certificada del presente fallo en el expediente de esta Sala N° 2019-1170.

 

 

Foto: Agencia

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