Las leyes las «patea» quien quiere

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20 de noviembre, 2013 - 2:53 pm
Redacción Diario Qué Pasa

Los ancianos en todo el país tienen ciertas consideraciones, en Caracas si usted ya forma parte de la tercera edad, está exento de la cancelación de algunos pagos, si se embarca en el Metro de Caracas no tendrá la necesidad de cancelar el costo del viaje, ni en el tren, ni en metrobús, de igual forma, pues el Estado ha considerado que es justicia social que ellos reciban estas atenciones.

Las leyes. Definitivamente en nuestro país se han convertido en letra muerta para todo el mundo, desde el más respetado aplicador y administrador de justicia hasta para el ciudadano común.

Todo el mundo hace lo que le da la gana, actúa como si estuviera en el lejano oeste, —donde la razón la tiene el más bravo o simplemente, quien tiene dinero— olvidándose que tenemos normas de convivencia, leyes, ordenanzas, decretos que sirven para regular la conducta y el comportamiento de todos los que viven en este país, con el fin y justo propósito de que la convivencia sea más llevadera.

Esto, no solo lo vemos en la actitud de las personas que ponen el volumen de sus cornetas al máximo, con el fin de deleitar «obligados» a sus vecinos, con su limitado repertorio musical (vallenatos y reguetones) hasta la hora que a ellos le dé la gana de apagarlo, sin importarle en lo más mínimo, que las personas quieren descansar en sus casas y ver televisión tranquilamente, pero que lamentablemente, no pueden hacerlo porque el sonido suele ser tan estridente que casi ni pueden escuchar sus propios pensamientos, todo porque al vecino no le da la gana de cumplir las normas básicas de convivencia ciudadana.

Así como este tipo de vecino, existen miles de personas en toda Maracaibo, como las quiera, grandes, pequeños, jóvenes adultos, que simplemente hacen lo que les da la gana, han perdido la perspectiva hasta tal punto que, ni siquiera quieren cumplir con las resoluciones más simples que ha instaurado el Gobierno y las autoridades para facilitar el buen vivir de todos los ciudadanos.

Ejemplo de lo que anteriormente se afirma, es que las personas de la tercera edad y minusválidas poco a poco han ido ganando terreno y la consideración que se merecen, los primeros por haber servido y brindado al país los mejores años de vida y los segundos por las condiciones en las cuales le ha tocado afrontar la dura realidad de la vida.

Estas deferencias con los adultos mayores, en teoría deben ser aplicadas en muchos ámbitos, por ejemplo en las líneas de transporte bien sea aérea o terrestre deben venderle boletos de viaje a las personas de la tercera edad a un costo del 50%  de su valor porque es un beneficio que el Estado le ha dado a los ancianos.

La Ley de Servicios Sociales, publicada en Gaceta Oficial el 12 de septiembre de 2005, número 38.270, que tiene por objeto definir y regular el régimen prestacional de servicios sociales al adulto mayor y otras categorías de personas en el artículo 58°, hablando de los descuentos en los transportes, señala que el Estado, a través del ministerio con competencia en transporte, los estados y municipios, establecerá pasaje gratuito en transporte urbano y, al menos el 50% de descuento en los montos de los pasajes terrestres extraurbanos aéreos, fluviales, marítimos y ferroviarios en las rutas nacionales y promoverá la aplicación  de descuentos en las rutas internacionales.

Curiosamente, el cumplimiento de esta consideración, queda sujeta a las condiciones del vendedor, pues se ha encontrado la forma de darle la vuelta, y se han habituado a ponerle tope de venta a los boletos preferenciales, es decir, máximo hasta de diez al día —por decir una cifra, pues eso está sujeto a la línea—  todo esto ante la mirada indolente y complaciente del Instituto Nacional de Aviación Civil, Inac.

Las leyes y la 3era. edad

Los adultos mayores y los discapacitados son un grupo de personas fuertemente discriminadas, ya que se comete el error de considerarlos como inoperantes o incapaces, enfermos o simplemente viejos que no pueden cumplir con las tareas más básicas. Debido a lo anterior, los gobiernos y los municipios se han ocupado de crear políticas y centros especializados que se preocupan en forma especial de los adultos mayores y personas con necesidades especiales, otorgándoles beneficios especiales en relación a los servicios sociales y de salud, contando además con actividades especiales creadas especialmente para mantener a esta población activa y partícipe de la sociedad.

De esa manera, darle cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que dice en su artículo 80°: «El Estado garantizará a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus derechos y garantías. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, está obligado a respetar su dignidad humana, su autonomía y les garantizará atención integral y los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren su calidad de vida. Las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano. A los ancianos y ancianas se les garantizará el derecho a un trabajo acorde con aquellos y aquellas que manifiesten su deseo y estén en capacidad para ello».

Asimismo, el artículo 81° señala: «Toda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, le garantizará el respeto a su dignidad humana, la equiparación de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias, y promoverá su formación, capacitación y acceso al empleo acorde con sus condiciones, de conformidad con la ley. Se les reconoce a las personas sordas o mudas el derecho a expresarse y comunicarse a través de la lengua de señas venezolana».

En Maracaibo

El pasado 16 de abril de este año, en nuestro municipio se aprobó la Ordenanza que Regula el Funcionamiento de los Estacionamientos, compuesta por 8 capítulos y 29 artículos.

El presidente de la Cámara Municipal, Jesús Luzardo informó que el instrumento establece los 15 minutos de gratuidad y la exoneración a personas mayores de 60 años y con discapacidad.

Los propietarios deben colocar en un sitio visible un aviso que señale: nombre del dueño y que detalle el seguro por robo, hurto e incendio. «Los dueños que no cumplan con la ordenanza serán multados con 4 a 40 UT, con cierre temporal o clausura definitiva», resaltó Luzardo.

También explicó que el instrumento solo regula el funcionamiento, más no fija tarifas, «las tarifas son fijadas por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio».

En consulta con la concejala Ada Raffalli, para que diera a conocer su punto de vista en función de la actitud asumida por los dueños de estacionamientos, pues los mismos hacen caso omiso a la ordenanza e irrespetan completamente lo ahí escrito, afirmando la concejala, que la ordenanza se encuentra en pleno funcionamiento y que la propuesta realizada por ella misma, y aprobada en sesión de Cámara por los 12 concejales del municipio, es una forma de reivindicar el trabajo realizado por las personas mayores y la condición de los minusválidos.

Ella señaló que se introdujo, un recurso de nulidad por parte de los dueños de estacionamientos, ya que consideran que esta medida incluida en la ordenanza no deben acatarla, pues la misma no está incluida dentro de la Ley Reguladora de los Estacionamientos Públicos.

La ordenanza, que fue publicada en la Gaceta Municipal 103-2013, establece quienes son los beneficiarios y las sanciones a quienes incumplan la norma, e invitó a todo aquel que se sienta afectado al ser víctima de estos dueños o administradores de estacionamientos, a hacer las denuncias correspondientes.

Así lo señala el artículo 26°, en el capítulo VII hablando de los incentivos fiscales y la exención del pago por el servicio, quedan exentas del pago de las tarifas fijadas por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio, las personas mayores de sesenta años que conduzcan el vehículo, para lo cual deberá exhibir en la taquilla de pago la cédula y el certificado de circulación que demuestra la propiedad del vehículo. Las personas con discapacidad siempre y cuando demuestren al concesionario, propietarios, arrendatarios, comodatarios y administrador del establecimiento comercial tal condición. Queda estrictamente prohibido utilizar para las personas de la tercera edad y personas con discapacidad, taquillas de pago especiales en lugares distintos a las taquillas de pago normales.

Refirió, que esta última medida, fue tomada en consideración debido a que un reconocido centro comercial enviaba a los adultos mayores y discapacitados a una taquilla especial a un lugar de distante acceso que resultaba de gran dificultad para los mismos, al tiempo que indicó que es punto de honor que a las personas de la tercera edad y discapacitados gocen de este beneficio y no se le cobre.

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En los centros comerciales Chinita, Akrai, Costa Verde, Lago Mall, Doral, entre otros, no se cumplen las leyes sobre estacionamientos.

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