Diosdado Cabello: Que se llame también a elecciones de la AN

5 A Diosdado C
21 de febrero, 2018 - 12:11 pm
Marieta Romero/[email protected]

Por incumplimiento de la Asamblea Nacional (AN) «no está cumpliendo su papel»

Foto: Agencias

Caracas — Diosdado Cabello, vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela y además, Constituyentista ante el órgano legislativo Asamblea Nacional Constituyente (ANC), realizó una propuesta para hacer un adelanto de las elecciones para la Asamblea Nacional (AN) para que sean celebradas el día de las elecciones presidenciales.

El constituyentista Diosdado Cabello expresó «Esta semana voy hacer esta propuesta, con documentos en mano, porque el Poder Legislativo en Venezuela no existe, que es quien hace las leyes. Llamar a esas elecciones constituye es un llamado a ejercer el derecho al voto, a la participación, al encuentro»

«En cualquier parte del mundo se adelantan elecciones legislativas. Esto es una decisión que puede tomar la ANC sin ningún tipo de problema, indicó Cabello.

Por otra parte, la presidenta de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Delcy Rodríguez, manifestó en su cuenta en la red social Twitter que el «equipo jurídico de la ANC, junto con la comisión del poder público nacional, se encuentra trabajando una propuesta de ley para cada rama del poder público nacional, incluyendo la legislativa». Esto fue en respuesta a un planteamiento del constituyente Diosdado Cabello.

CNE no ha recibido propuesta

Tibisay Lucena, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), aseveró que no ha recibido información legítima sobre la propuesta realizada por el constituyentita Diosdado Cabello, sobre que la ANC convocase al adelanto de las elecciones legislativas para este 2018.

Apuntó además que «estamos en cumplimiento de los puntos del acuerdo y además en amplias garantías para darle tranquilidad a los venezolanos», refirió Lucena.

A considerar

La propuesta de Diosdado Cabello, crea algunas aristas en el ámbito político y legal de la nación, ya que esto crea varios puntos a considera debido a que la actual Asamblea Nacional, de mayoría opositora tendría aún tres años de sesiones antes de llamar a nuevas elecciones legislativas.

Ante la propuesta cabe considerar que en la Constitución de Venezuela en si articulo 236 numero 21 dicta que: «Es atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido en esta Constitución»

Igualmente para este proceso la constitución también establece en su artículo 240 que « La aprobación de una moción de censura al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, por una votación no menor de las tres quintas partes de los integrantes de la Asamblea Nacional, implica su remoción. El funcionario removido o funcionaria removida no podrá optar al cargo de Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, o de Ministro o Ministra por el resto del período presidencial. La remoción del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva en tres oportunidades dentro de un mismo período constitucional, como consecuencia de la aprobación de mociones de censura, faculta al Presidente o Presidenta de la República para disolver la Asamblea Nacional. El decreto de disolución conlleva la convocatoria de elecciones para una nueva legislatura dentro de los sesenta días siguientes a su disolución. La Asamblea no podrá ser disuelta en el último año de su período constitucional.

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