El director nacional del CNMV, Rafael Ortega, explicó que mediante resolución ministerial, la Ley de Transporte Terrestre establece que son los colegios médicos regionales los únicos facultados para emitir el certificado vial
Los colegios de médicos de cada región en Venezuela son los únicos autorizados para emitir los certificados médicos viales a conductores de vehículos automotores, así lo advirtió el Consejo Nacional de Medicina Vial (CNMV) a través de un comunicado.
Esta alerta llega en medio del aumento de establecimientos no autorizados que emiten el documento de manera ilegal. Por lo tanto, desde la organización, piden a las autoridades policiales, Tránsito Terrestre y Ministerio Público que impongan sanciones penales a quienes vendan certificados falsos.
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El director nacional del CNMV, Rafael Ortega, explicó que mediante resolución ministerial, la Ley de Transporte Terrestre establece que son los colegios médicos regionales los únicos facultados para emitir el certificado vial.
En ese sentido, dijo que el incumplimiento de los requisitos por parte de los médicos acarrea sanciones disciplinarias y penales para quienes ejercen ilegalmente. También alertó a los conductores para que eviten ser sancionados por las autoridades policiales al presentar un documento falsificado.
Actualmente, estos documentos son expedidos en formato color azul con validez en todo el territorio nacional. Para su otorgamiento se requiere de una evaluación médica. El Colegio Médico de Caracas es el único que lo emite de color amarillo.
Requisito indispensable
El certificado médico vial es un documento obligatorio para quienes manejan cualquier tipo de vehículo automotor en Venezuela. Este documento, que, además, es un requisito para el trámite de la licencia de conducir, lo emite el Colegio de Médicos de cada estado.
Los interesados deben acudir a la consulta médica vial con los profesionales de la medicina, debidamente capacitados y autorizados para emitir los certificados.
El documento garantiza que quien lo porta es una persona físicamente competente para conducir vehículos automotores, correspondientes al grado de su licencia.
No poseer el certificado médico vial o tenerlo vencido, mientras se conduce y las autoridades de tránsito lo requieren, conlleva una multa por el incumplimiento de lo establecido en el artículo 63 de la Ley de Transporte Terrestre.
Además, este certificado debe coincidir con el grado de licencia o categoría, correspondiente al vehículo que se conduzca, al momento de serle requerido el documento. Es decir, si el conductor posee certificado médico para licencia de 2.º grado, pero conduce o porta licencia de 3.º grado, incumple la ley.
En Venezuela, existen diferentes grados de licencia para conducir:
2.º Grado: para conducir motocicletas.
3.º Grado: para transitar con vehículos particulares, de hasta nueve puestos.
4.º Grado: para el uso de camionetas, taxis, o vehículos de carga con límite de 6.000 kilogramos. Se otorga solo a mayores de 21 años.
5.º Grado: para conducir vehículos que transportan carga pesada o unidades de transporte público, autorizado solo para mayores de 25 años.
Desde el gremio de médicos alertan a la población para que no se deje engañar por estafadores que emiten documentos falsos a cambio de dinero.
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