12-A: Cuando la democracia feneció

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12 de abril, 2014 - 12:08 pm
Redacción Diario Qué Pasa

 

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Luego del baño de sangre del 11 de abril solo transcurren pocas horas para el desenlace provocado. Se estima que aproximadamente a la 1:30 de la madrugada los generales Manuel Rosendo e Ismael Hurtado Soucre mediaron para la salida del presidente Hugo Chávez desde Miraflores hacia Fuerte Tiuna, ubicado a media hora del Palacio, en el límite de Caracas. Pero esta salida no se concretaría sino hasta cerca de las cuatro de la mañana, una vez que el general Lucas Rincón anunciara la «renuncia del presidente» y este saliera escoltado por el general Néstor González González hasta Fuerte Tiuna donde lo recibieron varios militares rebeldes y monseñor Baltazar Porras para que firmara la renuncia.

Las imágenes de lo ocurrido ese día dentro del Palacio Presidencial fueron captadas por las cineastas Kim Bartley y Donnacha O′Brien en el documental La Revolución no será Trasmitida.

Posteriormente lo llevaron a la isla de La Orchila. Hablaban de «negociar» su salida del país junto a su familia y parte de su tren ministerial. El destino propuesto era la isla de Cuba.

Una vez logrado este paso, los miembros más representativos del Gobierno desaparecen de la escena, lo que dio paso a la tesis del «vacío de poder» esgrimido por los golpistas para lograr instalar en la Presidencia de la República a Pedro Carmona Estanga.

En horas de la tarde del día 12 de abril, específicamente a las 5:35,  se autojuramentó Pedro Carmona, presidente de Fedecámaras, como presidente interino. Acto seguido emitió un decreto que derogó las leyes habilitantes, disolvió el Parlamento, el Tribunal Supremo de Justicia, la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y se dio a sí mismo poderes por encima de la Constitución, lo que causó una gran indignación entre los partidarios del presidente Chávez y en algunos sectores moderados de la oposición y terminó por restarle apoyo internacional. Entre los países que apoyaron tácitamente el golpe se cuentan España (Aznar), Chile (Lagos), Colombia (Pastrana), El Salvador (Flores) y Estados Unidos (Bush).

Después de ello, los seguidores del presidente Chávez se tomaron las principales calles del oeste de Caracas, pidiendo pruebas de su renuncia. Simultáneamente se produce un silencio informativo sobre los primeros actos del nuevo Gobierno que quiere evitar nuevos actos de violencia.

La ruptura

Aunque en la madrugada se había anunciado a Carmona como mandatario temporal, en la mañana comenzó a conocerse información según la cual Hugo Chávez no había renunciado.

Primero fue un fiscal militar que lo entrevistó a las 8:30 a.m. y luego su hija María Gabriela, lo dijo a las 11:00 a.m. en el programa de la TV cubana Mesa Redonda, donde dijo que su padre le aseguró que nunca había renunciado y que era un presidente prisionero.

Cerca de las dos de la tarde el comandante del Ejército, Efraín Vásquez Velasco, convocó a una reunión de generales con mandos medios, en la que se decidió desconocer a Carmona y la transición si no se hacían cambios en el nuevo Gobierno.

Entonces, el fiscal general del país, Isaías Rodríguez, ofreció una conferencia de prensa para anunciar su renuncia, y en la que luego aseguró que se había producido un golpe de Estado y que el nuevo Gobierno era inconstitucional.

La cual aceptó

Esto fue lo que declaró el G/J de las Fuerzas Armadas de Venezuela, Lucas Rincón, en cadena nacional la madrugada del 12-A:

«Deplora el Alto Mando Militar los lamentables acontecimientos sucedidos en la capital en el día de ayer, ante tales hechos se le solicitó al señor presidente de la República la renuncia de su cargo, la cual aceptó. Los miembros del Alto Mando Militar ponemos a partir de este momento nuestros cargos a la orden, los cuales entregaremos a los oficiales que sean designados por las nuevas autoridades».

Persecución y odio desatados

Los alcaldes para ese momento de los municipios Chacao y Baruta, Leopoldo López y Henrique Capriles Radonski, utilizaron a sus cuerpos policiales fuera de su jurisdicción para realizar parte de las tareas de persecución y retaliación política.

Entre los atropellos en los que tuvo vinculación directa el exalcalde de Baruta, Henrique Capriles, se encuentra la detención ilegal perpetrada al exministro de Relaciones Interiores y Justicia, Ramón Rodríguez Chacín, y el allanamiento ilegal contra su vivienda.

Capriles Radonski liderizó y participó activamente en el allanamiento salvaje a la Embajada de Cuba (Urbanización Chuao, municipio Baruta), permitiendo que los violentos manifestantes destrozaran seis vehículos de dicho consulado, que cortaran el servicio de agua y luz, así como el suministro de alimentos a los que allí permanecían.

Autojuramentado

«Yo, Pedro Carmona Estanga, en mi condición de presidente de la República de Venezuela, juro ante Dios Topoderoso, ante la patria y ante todos los venezolanos restablecer la efectiva vigencia de la Constitución de la República de Venezuela de 1999 como norma fundamental de nuestro ordenamiento jurídico y restituir el Estado de Derecho, la gobernabilidad y la garantía del ejercicio de las libertades ciudadanas, así como al respecto a la vida, la justicia, la igualdad, la solidaridad y la responsabilidad social».

Constituir un Gobierno de transición democrática y unidad nacional de la siguiente forma y bajo los siguientes lineamientos:

Artículo 1: Se designa al ciudadano Pedro Carmona Estanga venezolano, mayor de edad, con C.I. N° 1.262.556 presidente de la República de Venezuela.

Quien asume en este acto y de forma inmediata la jefatura del Estado y del Ejecutivo nacional por el periodo establecido en este mismo Decreto.

El presidente de la República en Consejo de Ministros queda facultado para dictar los actos de efectos generales que sean necesarios para la mejor ejecución del presente decreto y la consolidación del Gobierno de transición democrática.

Artículo 2: Se restablece el nombre de República de Venezuela, con el cual continuará identificándose nuestra patria desde este mismo instante.

Artículo 3: Se suspende de sus cargos a los diputados principales y suplentes a la Asamblea Nacional.
Se convoca la celebración de elecciones legislativas nacionales a más tardar para el mes de diciembre de 2002 para elegir a los miembros del Poder Legislativo Nacional, el cual tendrá facultades constituyentes para la reforma general de la Constitución de 1999.

Artículo 4: Se crea un Consejo Consultivo que ejercerá las funciones de orden de consulta del presidente de la República. El Consejo de Estado quedará integrado por 35 miembros principales y sus respectivos suplentes en representación de los diversos sectores de la sociedad democrática venezolana los miembros principales podrán separarse temporalmente de sus cargos sin perder su investidura para ocupar cargos en el Ejecutivo nacional, estatal o municipal y sus faltas temporales o absolutas serán cubiertas por sus suplentes.

El Consejo Consultivo elegirá de su seno un presidente, dos vicepresidentes y un secretario.

El Consejo Consultivo estará integrado por los 35 ciudadanos que se identifiquen en el Decreto-Ley que a tales efectos se dicte.

Artículo 5: El presidente de la República de Venezuela coordinará las políticas de la transición democrática nacional y, las demás decisiones adoptadas para garantizarla con los poderes públicos estatales y municipales.

Artículo 6: Se convocará a elecciones generales nacionales en un lapso que no excederá a 365 días contados a partir de la presente fecha.

El Gobierno de transición democrática cesará en sus funciones una vez que el nuevo presidente electo democráticamente asuma su cargo. El presidente de la República designado en este caso no podrá ser candidato a la presidencia de la República en dicho proceso electoral.

Artículo 7: El presidente de la República en Consejo de Ministros podrá renovar y designar transitoriamente a los titulares de los poderes públicos, nacionales, estadales y municipales para asegurar la institucionalidad democrática y el adecuado funcionamiento del Estado de Derecho; así como a los representantes de Venezuela ante los parlamentos Andino y Latinoamericano.

Artículo 8: Se decreta la reorganización de los poderes públicos a los efectos de recuperar su autonomía e independencia y asegurar una transición pacífica y democrática, a cuyo efecto se destituyen de sus cargos ilegítimamente ocupados al presidente y demás magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, así como al fiscal general de la República, al contralor general de la República, al defensor del Pueblo y a los miembros del Consejo Nacional Electoral.

El presidente de la República en Consejo de Ministros previa consulta con el Consejo Consultivo designará a la brevedad posible a los ciudadanos que ejercerán transitoriamente esos poderes públicos.
Artículo 9: Se suspende la vigencia de los 48 decretos con fuerza de ley, dictados de acuerdo con la Ley Habilitante de fecha 13 de noviembre de 2000.

El presidente de la República instalará una comisión revisora de dichos decretos-leyes, integrada por representantes de los diversos sectores de la sociedad.

Artículo 10: Se mantiene en plena vigencia el ordenamiento jurídico en cuanto no colinda con el presente decreto ni con las disposiciones generales que dicte el nuevo Gobierno de transición democrática.

Asimismo se mantienen en vigencia todos los compromisos internacionales, válidamente asumidos por la República de Venezuela.

Artículo 11: El Gobierno de transición democrática y unidad nacional entregará sus poderes y rendirá cuenta de sus gestiones a los órdenes del Poder Público que legítimamente se elijan, de acuerdo con lo dispuesto en este decreto y demás disposiciones constitucionales y legales.

Dado en el Palacio de Miraflores en la ciudad de Caracas el día 12 del mes de abril de 2002.
Años 191º de la Independencia y 142º de la Federación.

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Foto: Agencias

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