Será más fácil para la UE suspender la exención de visados a funcionarios gubernamentales (que podrían ser responsables de violaciones de derechos humanos u otras violaciones cometidas por un gobierno)
Representantes del Parlamento Europeo y del Consejo (UE) llegaron este martes a un acuerdo sobre los motivos para suspender la exención de visado en caso de estancias cortas en la UE, añadiendo por ejemplo los supuestos de infracciones graves de los derechos humanos.
Los nacionales de 61 terceros países pueden viajar actualmente al espacio Schengen para estancias cortas (hasta 90 días en un periodo de 180 días) sin visado.
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El objetivo de la reforma es responder con mayor flexibilidad cuando los países incumplan principios importantes del acuerdo por el que se les exime de visado, por ejemplo cuando haya preocupaciones a nivel de seguridad, indicó el Consejo en un comunicado.
En particular, será más fácil para la UE suspender la exención de visados a funcionarios gubernamentales (que podrían ser responsables de violaciones de derechos humanos u otras violaciones cometidas por un gobierno).
Entre los nuevos motivos de suspensión se incluyen las violaciones de la Carta de Naciones Unidas, las infracciones graves del derecho internacional, de los derechos humanos o del derecho humanitario, y el incumplimiento de las decisiones de tribunales internacionales.
También las amenazas híbridas, como la instrumentalización de migrantes por parte de los Estados con el fin de desestabilizar o socavar la sociedad, serán un motivo para dejar en suspenso la exención de esos visados.
La normativa mantendrán los motivos existentes ahora, incluida la falta de cooperación en materia de readmisiones de migrantes.
Según la legislación vigente, también se puede suspender la exención de visados a un país cuando se produzca un aumento sustancial del número de personas de ese Estado que residen sin permiso en la UE, o de solicitudes de asilo procedentes de un país con una baja tasa de reconocimiento.
Durante las negociaciones, se acordó establecer en el 30 % el umbral para evaluar el aumento de las personas que residen sin permiso, mientras que se fijó en el 20% el umbral para calcular una tasa baja de reconocimiento de solicitudes de asilo.
En casos justificados, la Comisión Europea podrá desviarse de estos umbrales.
Antes de su entrada en vigor, el acuerdo provisional debe ser adoptado formalmente por el Parlamento y el Consejo.
De acuerdo con la legislación vigente, la Comisión Europea (a propuesta de un Estado miembro afectado o por iniciativa propia) puede iniciar el proceso de suspensión de los viajes sin visado desde terceros países al espacio Schengen, primero temporalmente, a la espera de una investigación y un diálogo y posteriormente de forma permanente si no se resuelven los problemas.
Hasta la fecha, la exención de visado solo se ha revocado una vez, en el caso de Vanuatu.
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