En la Gaceta Oficial N° 40.418 con fecha de 23 de mayo de 2014, se oficializó la Ley de Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, la cual fue promulgada por el presidente Nicolás Maduro el pasado jueves, vía Ley Habilitante.
Entre su contenido se encuentra que «el arrendador podrá exigir al arrendatario garantías en respaldo de las obligaciones asumidas por este».
También aparece «todo lo que se cobre en exceso del canon máximo establecido, o lo cobrado por conceptos contrarios a este decreto ley, quedará sujeto a reintegro por parte del propietario, arrendador o recaudador».
Además se regula entre otras cosas lo relativo a la venta del inmueble destinado al uso comercial, previendo que la preferencia ofertiva la tenga el arrendatario».
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