En el cronograma del Seniat se define dos fechas diferentes a cada uno de los cinco grupos de contribuyentes en función del último dígito del RIF
Caracas- En la Gaceta Oficial N° 41.788, del 26 de diciembre, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó la providencia que establece el calendario de pago de tributos para contribuyentes especiales y agentes de retención en 2020.
De la misma forma, en dicha Gaceta Oficial aparece el decreto presidencial N° 4.079 que establece, para el ejercicio fiscal 2020, que la alícuota del Impuesto al Valor Agregado es de 16%, sin cambios desde agosto de 2018.
Como novedad en el nuevo calendario, están las fechas de declaración y pago del Impuesto a los Grandes Patrimonios. Sin embargo, dicho cronograma define dos fechas diferentes a cada uno de los cinco grupos de contribuyentes en función del último dígito del RIF.
El nuevo calendario confirma que el Ejecutivo no derogará el régimen temporal de determinación semanal del IVA, de retenciones IVA, y los anticipos del IVA e ISLR así como el IGP que se estableció con carácter «temporal» a partir del mes de septiembre de 2018, reseñó el portal de economía Gerencia y Tributos.
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Foto: Agencia
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