Reforman providencia para adquirir divisas para importaciones

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20 de noviembre, 2013 - 1:15 pm
Redacción Diario Qué Pasa

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Foto: Agencias

Caracas — Mediante una providencia publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.296, el Ministerio de Finanzas reformó parcialmente la providencia en la cual se establecen los requisitos y el trámite para la autorización de divisas destinadas a importaciones productivas.

De acuerdo al texto se modificaron cuatro artículos: el 19º, 20º, 21º y 22º de la providencia Nº 090.

El artículo 19º indica que «el usuario deberá solicitar a la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), a través de la oficina de verificación aduanal respectiva, la verificación física de los bienes importados ante su despacho de la zona primaria de la aduana; y a tales efectos, consignará los mismos documentos que entregaba hasta ahora, excepto la copia de los documentos exigidos según los regímenes legales a que estuvieron sometidos los bienes importados, de acuerdo con el arancel de aduanas de Venezuela.

Con respecto al 20º, expresa que se entenderá que el usuario ha renunciado a la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD), al incumplir con el lapso de 15 días hábiles para presentar la Declaración de Acta y Verificación de Mercancías establecida en el artículo 22º, o cuando retire de la zona primaria de la aduana, los bienes objeto de importación sin haberse practicado la verificación de los mismos por Cadivi, salvo que la administración decida que la verificación se realizará a destino.

Asimismo, se entenderá que ha renunciado a la AAD «cuando no haya señalado en la Declaración Única de Aduanas (DUA) o la Declaración Informativa de Aduanas (DIA) que la importación se realizará con divisas obtenidas a través del Régimen para la Administración de Divisas; en virtud de ello, no se otorgará la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) o se solicitará el reintegro de las divisas cuya adquisición se haya autorizado».

Mientras que el artículo 21º expone que el usuario deberá retirar de la oficina de verificación aduanal respectiva, la declaración y acta de verificación de mercancía correspondientes, dentro de los diez días hábiles siguientes de la verificación física señalada en el artículo 19º.

La nueva normativa quedó referida en la providencia Nº 120, en ella se mantiene el tope de las solicitudes de autorización de divisas para esta providencia hasta un máximo de 50.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras divisas por cada operación aduanera de importación. Y que Cadivi mantiene las facultades para fiscalizar el correcto uso de las divisas otorgadas por intermedio de este mecanismo.

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