Caracas — La Vicepresidencia de la República publicó en la Gaceta Oficial Nº 40.278 la rectificación del decreto presidencial en el que establecieron las condiciones para el cálculo de las utilidades de los trabajadores públicos, las cuales serán canceladas en dos partes.
En la gaceta se explica que, el sueldo base a emplear para calcular las bonificaciones de fin de año será el correspondiente al aumento del 10% del salario mínimo de este mes. La cantidad que deberán usar es de Bs. 2.973.
También se plasmó en el documento que desde el 1º de noviembre será la fecha a partir de la cual se deberán pagar las bonificaciones y no el 31 de octubre como estaba previsto en la Gaceta Oficial Nº 40.277.
Los entes que conforman la administración Pública Nacional deberán otorgar 90 días de sueldo integral a los funcionarios que estén activos en servicio activo. Esto en conformidad con el artículo 25º de la Ley de Estatuto de la Función Pública. El beneficio de este apartado se calculará con base al sueldo integral devengado por el funcionario público.
Los jubilados de la administración pública gozarán del pago de 90 días. El monto será calculado con base al monto de la pensión que se les haya asignado el 31 de octubre de 2013.
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