Caracas — A través de una resolución publicada en la Gaceta Oficial N° 40.435, el Ministerio de Turismo (Mintur) estableció las normas que deben cumplir los prestadores de servicios a los turistas extranjeros, como las agencias de viajes y posadas turísticas.
Los referidos establecimientos deberán exigir a los turistas extranjeros que realicen su pago en moneda nacional, el comprobante del cambio legal de divisas, el cual podrá ser exigido por Mintur o el Instituto Nacional de Turismo (Inatur).
Asimismo, los prestadores de servicio turísticos deben remitir al Mintur cada mes un listado con la identificación de los turistas extranjeros atendidos y el monto en divisas de las operaciones.
Agregan que «las transacciones que se realicen en divisas por parte de los prestadores de servicios turísticos, deben ser notificadas al Mintur y a los órganos y entes con competencia en el régimen de administración de divisas, en un plazo que no exceda de quince días hábiles contados a partir de la fecha de la respectiva transacción».
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