Prohibido producir y comercializar bombillos incandescentes

14 de marzo, 2014 - 2:29 pm
Redacción Diario Qué Pasa

Con el fin de «promover un consumo eficiente de energía eléctrica en el país», a través de una resolución conjunta del Ministerio de Energía Eléctrica y el Ministerio de Comercio e Industrias, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.370, prohibieron la producción, importación, distribución y comercialización de lámparas o bombillos incandescentes convencionales, cuya tensión de alimentación sea superior a 100V y la potencia eléctrica mayor a 25W.

Los bombillos o lámparas incandescentes compradas antes de la publicación quedan excentas por 6 meses.

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