El decreto de Emergencia será remitido a la Asamblea Nacional a los fines de su consideración y aprobación o desaprobación
Fotos: Agencias
El vicepresidente del área económica indicó que en el texto se encuentran artículos que permiten disponer, de ser necesario, del presupuesto de este año
Maracaibo – En Gaceta Oficial Extraordinaria número 40.828 fue publicado el Decreto 20.184 que aplica el Estado de Emergencia Económica en todo el país por un lapso de 60 días prorrogables a 60 días más en conformidad con lo establecido en la Constitución. El vicepresidente de Economía Productiva, Luis Salas indicó que dicho instrumento «permitirá al Ejecutivo tomar medidas que garanticen los recursos necesarios para proteger los derechos de salud, alimentación y vivienda de todos los venezolanos».
El decreto será remitido a la Asamblea Nacional (AN) a los fines de su consideración y aprobación o desaprobación dentro de los 8 días siguientes de su publicación en la Gaceta Oficial y también será llevado a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que se pronuncie sobre su constitucionalidad en el mismo plazo de días. Sin embargo, a pesar de esto, el Decreto señala que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
Asimismo, le permite al Ejecutivo asignar recursos extraordinarios y le faculta para implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión y la reducción fiscal o dispensar de la modalidad del régimen de contrataciones públicas en determinados sectores a fin de agilizar las compras del Estado que revistan carácter de urgencia.
El decreto también confiere al Gobierno la capacidad de “dispensar de los trámites cambiarios” a “órganos y entes del sector público o privado para agilizar y garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para el abastecimiento, la reactivación productiva o el aumento de la capacidad tecnológica”.
A frenar circulante
«Los ministerios del poder popular con competencia económica y de finanzas podrán efectuar las coordinaciones necesarias con el Banco Central de Venezuela a los fines de establecer límites máximos de ingresos y egresos de la moneda venezolana de curso legal en efectivo, así como restricciones a determinadas operaciones, transacciones comerciales o financieras; restringir dichas operaciones al uso de medios electrónicos debidamente autorizados en el país para la protección de la moneda nacional», reza el artículo 4.
El Decreto de Estado de Emergencia contempla:
Uno: Disponer de los recursos provenientes de las economías presupuestarias del ejercicio económico financiero 2015, con la finalidad de sufragar la inversión que asegure la continuidad de las misiones sociales para el pueblo venezolano, el financiamiento de la recuperación en el corto plazo de la inversión en infraestructura productiva, agrícola e industrial y el abastecimiento oportuno de alimentos y otros productos esenciales para la vida.
Dos: Asignar recursos extraordinarios a proyectos previstos o no en la ley de presupuestos a los órganos y entes de la administración pública para optimizar la atención de los venezolanos en sectores como salud, educación, alimento y vivienda, los cuales podrán ser ejecutados a través de las misiones.
Tres: Diseñar e implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión fiscal.
Cuatro: Dispensar de las modalidades y requisitos propios del régimen de contrataciones públicas a los órganos y entes contratantes de determinados sectores, a fin de agilizar las compras del Estado que revistan carácter de urgencia dentro del plazo de vigencia de este decreto.
Cinco: Disponer de los trámites, procedimientos y requisitos para la importación y nacionalización de mercancías cumpliendo con los requerimientos sanitarios pertinentes.
Seis: Implementar medidas especiales para agilizar el tránsito de mercancías por los puertos y aeropuertos de todo el país, pudiendo desaplicar temporalmente las normas legales que se requieren para hacer posible dicha agilización, salvo en los concernientes a salud, seguridad y defensa de la nación.
Siete: Dispensar de los trámites cambiarios establecidos por Cencoex y el Banco Central de Venezuela a órganos y entes del sector público o privados, a fin de agilizar y garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para el abastecimiento nacional, la reactivación productiva del país o el aumento de la capacidad tecnológica productiva sin que esto se constituya en modo alguno como un mecanismo en detrimento de la recuperación del aparato productivo nacional.
Ocho: Requerir a empresas del sector público y privado incrementar sus niveles de producción así como el abastecimiento de determinados insumos a los centros de producción de alimentos o de bienes esenciales para garantizar la satisfacción de las necesidades básicas de los venezolanos.
Nueve: Adoptar todas las medidas necesarias para asegurar el acceso oportuno de toda la población a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad así como a todos los servicios necesarios para el disfrute pleno de sus derechos.
En tal sentido el Ejecutivo Nacional podrá requerir de las personas naturales, jurídicas, propietarias o poseedoras, los medios de transporte, canales de distribución, centros de acopio, bienes muebles y mercancías, entre oros, que resulten necesarios para garantizar el abastecimiento oportuno de alimentos de todos los venezolanos así como también a otros bienes de primera necesidad.
Diez: Adoptar las medidas necesarias para estimular la inversión extranjera en beneficio del desarrollo del aparato productivo nacional así como las exportaciones de rubros no tradicionales como mecanismos para la creación de nuevas fuentes de empleos, divisas e ingresos.
Once: Desarrollar, fortalecer y proteger el sistema de misiones y grandes misiones socialistas a fin de promover la incorporación a los medianos y pequeños productores ya sean comunales, privados, estatales o mixtos.
Reacciones:
«El Gobierno debe generar confianza en las empresas privadas»
Eddy Aguirre, director de la Escuela de Economía de la LUZ, afirmó que el tema de la evasión fiscal era de esperarse pues el país tiene una tasa alta de evasión fiscal, sobre la medida de dispensar los trámites cambiarios del Cencoex y el Banco Central de Venezuela a órganos y entes del sector público o privado, detalló que es una forma de fortificar la asignación de divisas ya que el año pasado estuvo concentrada en entes públicos y en este caso se puede hacer uso de acuerdo a las necesidades requeridas por entes privados que permitan también darle la agilidad suficiente y se podría minimizar el tiempo de espera para corregir el desabastecimiento.
Sobre la disposición del Estado de usar los recursos públicos y privados, enfatizó que «hay que ser muy cuidadosos con este tipo de medidas y sería bueno que el Gobierno dejara claro que a pesar de que estamos en emergencia económica solamente recurrirá a estas medidas para garantizar la producción y que no adoptará las expropiaciones como medida, al contrario el Gobierno tiene que buscar generar un clima de confianza suficiente en el empresariado para que estos se interesen, es momento de dejar claro que no es una intervención a la parte privada, si no buscar el apoyo del mismo».
«No hay cambio de rumbo»
El economista y presidente de Datanálisis, Luis Vicente León, afirma que no hay ninguna sorpresa ni un cambio de rumbo en materia económica.
2El decreto de emergencia intenta justificar la profundización del intervencionismo basado en la crisis causada por el mismo intervencionismo», aseguró León.
Con respecto a los elementos que considera más importantes del decreto, enumera: «1)Pide para el gobierno todo el control presupuestario sin contraloría ni acción de la AN, 2) Plantea la posibilidad de que el Gobierno intervenga empresas, inventarios y bienes privados con la «motivación» de garantizar abastecimiento, 3) El decreto incluiría la posibilidad de que el Gobierno restrinja el sistema monetario y limite el acceso de moneda local y extranjera a la población, 4) El resto del decreto es una lista de buenas intenciones para aumentar producción, abastecimiento y acelerar procesos sin explicar cómo».
«La AN debe negarse a aprobarlo»
El economista Luis Oliveros alertó que «el decreto le da al gobierno luz verde para expropiar a cualquier compañía, incluyendo Empresas Polar». De acuerdo con su análisis, permitirá a Maduro realizar una expropiación alegando que lo hace para mejorar la calidad de vida de los venezolanos.
«El Gobierno podrá hacer un conjunto de cosas que antes tendrían que pasar primero por la Asamblea Nacional (AN). El gobierno aquí desconoce la institucionalidad de la AN (…) lo que pide en este Decreto de Emergencia Económica es que el país le dé todos los poderes, más que una Ley Habilitante para hacer lo que queda», explicó.
A juicio de Oliveros, esta medida no aporta soluciones, sino por el contrario radicaliza lo que se está haciendo mal. Considera que con esto se incrementará la inflación y la escasez debido a expropiaciones mal hechas.
Ante la pregunta de qué deberá hacer la Asamblea Nacional cuando analice el decreto, reiteró: «La AN debe negarse a aprobar este decreto de Emergencia Económica».
Explicó que aunque el gobierno podría eliminar totalmente los cupos de divisas para personas naturales, aseguró que ese no es el principal problema de los venezolanos. «El país tiene problemas más graves que un cupo», concluyó Oliveros.
«Si se aplica correctamente, en dos semanas se habrán erradicado las colas»
El economista y analista político, Tony Boza, indicó que si este Decreto se aplica correctamente, «en un máximo de dos semanas las colas se habrán erradicado a su mínima expresión».
Asimismo, dijo que las posibles medidas o alternativas económicas para mejorar la situación económica de la nación serían las siguientes: «Instalar empresas privadas y trabajar de la mano con los grandes distribuidores del país, mejorar relaciones con la banca privada, mejorar relaciones con la cadena privada de supermercados del país, para facilitar los procesos que están relacionados con el sector alimentario y supervisar constantemente los límites fronterizos para evitar procesos ilegales en la misma».
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