Normativa de arrendamiento espera voz oficial

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4 de abril, 2014 - 3:18 pm
Redacción Diario Qué Pasa

Foto: Agencias

Maracaibo — Tras la publicación en la Gaceta Oficial Nº 40.382 de la resolución que establece las normas para los propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento, los oferten en venta a sus arrendatarios, algunos se pueden plantear varias incógnitas.

En el artículo 1 se indica que el objetivo de la normativa es establecer régimen para que los propietarios o arrendadores de «edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores los oferten en venta a sus arrendatarios».

De acuerdo a la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas en el título I, capítulo I artículo 7, un multiarrendado es la «persona natural o jurídica que, a título personal o a través de terceros, se dedica al arrendamiento de tres o más viviendas». Sin embargo, en la nueva resolución no especifica si la normativa es solo para aquellos propietarios de edificios o para los que tengan más de 3 casas o apartamentos.

Tampoco explica si se tomará en cuenta el tiempo que tiene una persona alquilada en el inmueble para la aplicación de la normativa.

Además se reseña que los arrendatarios tienen 60 días hábiles para ofertar sus inmuebles a partir de la entrada en vigencia de la normativa que señala está vigente desde su publicación en Gaceta, y que luego de cumplirse ese lapso se aplicarán multas a quienes no lo cumplan.

La primera multa es de 2.000 unidades tributarias (Bs. 254.000) por cada inmueble que no oferte; de no cancelar esa se le doblará la multa y deberá cancelarla en 5 días hábiles; y en el caso de que no cumpla con el pago de ninguna la Superintendencia de Arrendamiento solicitará ante los Tribunales el embargo sobre el inmueble objeto de la multa. ¿Qué pasará si el inquilino no quiere o no puede comprar, como lo sacan?

Pero para que estas y otras dudas que surjan, ante la publicación de la resolución, sean disipadas hay que esperar que se pronuncie la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, el único ente autorizado para aclararlas.

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