El Proceso de adaptación para el retiro de efectivo en cajeros automáticos con tarjetas del bono de alimentación debe estar en funcionamiento dentro de un plazo de 30 días a partir de la emisión del decreto así lo dio a conocer el ministro para el trabajo, Francisco Torrealba
Foto: Agencias
Caracas – Dicho decreto fue emitido el pasado jueves en gaceta oficial el decreto nº 6.296, de carácter extraordinario, donde se anuncia el contenido el decreto 2.833.
Uno de los aspectos a considerar son:
-La base de cálculo del cestaticket pasa de 12 a 15 Unidades Tributarias (UT). El monto máximo que puede percibir el trabajador es de 450 UT al mes.
-El dinero correspondiente al bono de alimentación deberá ser depositado en efectivo en la cuenta nómina del trabajador.
-El monto depositado correspondiente al cestaticket deberá ser expresado por separado en los recibos de pagos que se entregan al trabajador.
-La Gaceta especifica que la cancelación de este bono en efectivo no genera ninguna incidencia salarial y no podrán realizar deducciones sobre éste.
-A partir de la emisión de este decreto, las empresas tendrán 30 días para que las empresas públicas y privadas adapten sus nóminas para cumplir con la ley.
-Los cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación ya emitidas tendrán una validez y vigencia para su uso en establecimiento y gestión de beneficios hasta el 31 de diciembre.
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