Actividades de vigilancia y detales de víveres exentas de los días no laborables

1185 9 A
28 de febrero, 2014 - 1:04 pm
Redacción Diario Qué Pasa

1185 9%20A

Foto: Archivo

Además de las actividades de vigilancia el decretó excluía las actividades relativas al transporte y distribución de alimentos procesados, entre otras actividades.

Caracas — La Vicepresidencia de la República publicó en la Gaceta Extraordinaria N° 6.127, un aviso oficial en el que se corrige el decreto de los días 27 y 28 como días no laborales, con la ampliación de las actividades que quedan excluidas de esta medida.

De acuerdo al artículo 185º de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras se exceptúan las actividades que no puedan interrumpirse por alguna de las siguientes causas: razones de interés público, razones técnicas y circunstancias eventuales.

Así como, actividades relativas al transporte y distribución de alimentos procesados, agua potable y químicos necesarios para su potabilización, medicinas de corta duración, oxígeno, materiales de construcción destinados a la Misión Vivienda Venezuela, periódicos, gas de uso doméstico, combustibles destinados a e estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos, entre otras estipuladas en Gaceta. Aunado a las actividades que se incluyen, las cuales son: el trabajo de vigilancia, el trabajo en los detales de víveres y las actividades en aquellas ciudades donde resulte beneficioso para los trabajadores la apertura de establecimientos de comercio durante los días feriados.

Comente