Caracas — A través del decreto presidencial N° 694 publicado en la Gaceta Oficial Nº 40.337 se estableció que serán exonerados del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a 1.295 componentes, pertenecientes a los rubros de bienes muebles de capital, informática y telecomunicaciones, y 269 componentes de bienes corporales, que sean destinados a la industria manufactura y construcción que estén instaladas o por instalar en el país.
Las personas naturales o jurídicas deberán solicitar ante el Ministerio de Industrias un certificado que indique: la no producción o insuficiencia de producción nacional de los bienes; que el bien en referencia se corresponde con los bienes publicados en la Gaceta Oficial; que los bienes se correspondan con el desarrollo del país y que los bienes producidos se ajusten a la actividad de los componentes que los produce, para solicitar la exoneración del impuesto.
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