
Fotos: Agencias
Aún faltan nueve días para que se constituya la nueva Asamblea Nacional y la coalición opositora, que es mayoría en el Parlamento, ya está anunciando los nombres de los que formarían la junta directiva del cuerpo legislativo venezolano, además de indicar los cambios que desean hacer en cuanto a las últimas decisiones tomadas por los diputados salientes, como el nombramiento de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia
Tras los resultados de las elecciones parlamentarias del pasado 6 de diciembre de este año, donde la oposición logró 112 curules de la Asamblea Nacional (AN), y la designación de 44 magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), todo indica que la pugna política entre oposición y Gobierno continuará este 2016 bajo la figura de estas dos instituciones.
Y mientras que la AN saliente retomó la discusión sobre la designación de los magistrados que había sido prorrogada desde mediados de agosto del presente año, la oposición venezolana, así como ONG han venido denunciando la medida como inconstitucional.
Entre los aspectos que se rechazan de las designaciones de los magistrados destacan: Los tiempos o lapsos en que se realizó cada paso, que son activistas políticos, y otros que no cumplen con los requisitos constitucionales.
¿Legal o ilegal?
Para el constitucionalista José Ignacio Hernández, Doctor en Derecho y Profesor de la UCV y Ucab en entrevista con la ONG Acceso a la Justicia.
El comité de postulaciones judiciales inició el procedimiento de selección de magistrados sin que hubiese vacantes y sin indicar cuáles cargos serían suplidos.
Los tiempos en que se produjo la preselección y en que se espera hacer los nombramientos viola los lapsos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La designación de nuevos magistrados no es un asunto excepcional, así que la actual AN no debió aprobarlo en las sesiones extraordinarias desde el 15 de diciembre al 4 de enero.
Sin embargo, según el constitucionalista Jesús Silva, si bien la designación puede ser controversial en lo político, en lo legal está permitido. «No hay norma que diga que la AN no puede tomar sus decisiones cuando su mandato está próximo a vencer», según declaraciones ofrecidas a BBC Mundo.
¿Puede remover la nueva AN a los magistrados?
La nueva Asamblea Nacional podría remover a los magistrados que sean designados, pero para ello debe cumplir con los procedimientos establecidos en la Constitución y en la Ley. Y, en este sentido, hay un límite importante: esta remoción requiere que el Poder Ciudadano califique la falta bajo la cual se acordará esta remoción (Artículo 265 de la Constitución).
Es decir, la nueva Asamblea Nacional tendría que ponerse de acuerdo con el Poder Ciudadano (Defensoría del Pueblo, Fiscalía y Contraloría), para poder remover a los magistrados, tal y como recordó recientemente el Defensor del Pueblo.
«En caso de que la nueva AN quiera revocarlos, anularlos, cualquiera de sus acciones tendrá que ser aprobada por la misma Sala Constitucional que busca remover, y ese escenario de toma y dime entre el TSJ y la AN», explicaba el abogado Hernández.
MUD plantea reformar la Ley Orgánica del TSJ
El secretario ejecutivo de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Jesús «Chúo» Torrealba, aseguró que hay distintas maneras para desmontar la reciente designación de magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que realizó la actual Asamblea Nacional (AN).
«El escenario más probable es que se reforme la Ley Orgánica del TSJ, se amplíe el número de magistrados y esta mayoría sea prácticamente licuada en una nueva correlación de fuerzas», explicó Torrealba, durante una entrevista para la página web española La Razón, ya que a su criterio, el sistema de justicia venezolano no administra «sino que distribuye venganza o prebendas de acuerdo a las lealtades políticas».
Los tiempos
El diputado reelecto de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Alfonso Marquina explicó que no se cumplió con los lapsos establecidos en la Constitución y en la Ley Orgánica del máximo ente judicial del país y aseguró que si todo el procedimiento se hubiese cumplido a cabalidad, los magistrados no se hubiesen podían nombrar y juramentar antes del 5 de enero de 2016.
Violaciones a la Ley según Acceso a la Justicia
Las cuatro normas que según la organización Acceso a la Justicia, violó la saliente Asamblea son: La Constitución de 1999, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de 2010, el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional; y el Reglamento del Comité de Postulaciones Judiciales.
La agrupación dirigida por la catedrática en Derecho, Laura Louza, en un comunicado, precisó que al realizar la elección el 23 de diciembre «un día antes de que concluyera el lapso legal de impugnaciones» de 15 días fijado en los artículos 24 y 31 del reglamento de la instancia evaluadora de los candidatos no sólo vulneró ese lapso, sino irrespetó el artículo 264 de la Carta Magna, el cual establece que los «ciudadanos podrán ejercer fundamentadamente objeciones a cualquiera de los postulados».
Asimismo aseveró que el proceso llevado a cabo por el Comité presidido por el diputado no reelecto Elvis Amoroso (PSUV-Aragua) violó cinco normas de la Ley del TSJ (artículos 38, 70, 71, 73 y 74) todas ellas referidas a cómo debe ser el procedimiento para escoger a los miembros del máximo juzgado, pues «ese Comité no se pronunció sobre las impugnaciones que se efectuaron de todos los postulados, no publicó el baremo, no envió la lista de preseleccionados al Poder Ciudadano al día siguiente a la preselección realizada, y preseleccionó como magistrados a activistas políticos, a pesar de la expresa norma constitucional en contra».
Aunque no haya prosperado para Acceso a la Justicia el hecho que Amoroso se hubiera postulado afecta «la transparencia del proceso y su constitucionalidad», por cuanto se convirtió en juez y parte.
Oposición anunciará directiva de la AN el lunes
La presidencia de la Asamblea Nacional será sometida a votación por los 112 diputados de la MUD en una «plenaria» a principios de enero, antes de la instalación del órgano legislativo, cuyas reglas serán fijadas el próximo lunes en Caracas.
Ramos cuenta con el apoyo de 26 diputados de Acción Democrática (AD), 19 Un Nuevo Tiempo (UNT), 15 Voluntad Popular (VP), 1 de Alianza Bravo Pueblo (ABP) y 1 de Vente Venezuela (VV) para sumar 62. Por su parte, Julio Borges cuenta con el respaldo de 33 diputados de Primero Justicia (PJ) y 3 del partido Movimiento Progresista (MP) para un total de 36. El resto de los 14 diputados se reparten entre los dos aspirantes.
Durante el conclave político, los líderes de la MUD acordarán el método para elegir a los presidentes e integrantes de 15 comisiones parlamentarias de la AN e Igualmente resolverán la elección de los representantes del órgano legislativo ante el Parlamento Latinoamericano (Parlatino) y Parlamento del Mercado Común del Sur (Parlasur).
De acuerdo con el Reglamento interior y de debates de la AN, la sesión de instalación para el inicio del nuevo período legislativo se constituirán en Comisión bajo la conducción del diputado de mayor edad «a los solos efectos de que dirija el debate para la elección de la Junta Directiva».
Héctor Agüero, diputado del PSUV electo en el estado Carabobo tiene 75 años de edad (08/05/1940). Le sigue su compañero de fórmula electoral José Ricardo Sanguino (09/10/1943) y Henry Ramos Allup (17/10/1943) ambos con 72 años de edad.







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