Publicado en la Gaceta Oficial número 40.980 de fecha 2 de septiembre de 2016
Foto: Agencias
Caracas — A través del decreto presidencial número 2.448, publicado en la Gaceta Oficial número 40.980 de fecha 2 de septiembre de 2016, fue establecida la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a las ventas de bienes, muebles corporales y prestación de servicios, enumeradas en los artículos 5 y 6 del mismo efectuadas a órganos o empresas del Estado que se dediquen exclusivamente a las actividades de administración, diseño, construcción, mantenimiento, relativas a sistemas de transporte masivo. Menciona el decreto que se contemplarán los sistemas de transporte por vía exclusiva subterránea, elevado o a nivel, de tipo metro, trolebús o ferroviario.
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