Alquiler de viviendas ¡No hay!

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17 de marzo, 2015 - 3:20 pm
Redacción Diario Qué Pasa

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Los alquileres de viviendas están paralizados en la ciudad. Solo se observan avisos de venta de inmuebles

Fotos: Miguel Romero

La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, fue publicada en Gaceta Oficial el 12 de noviembre de 2011

Maracaibo
— El que se casa, casa quiere reza el dicho. Leycimar Delgado y Carlos García, jóvenes de 25 y 26 años, respectivamente, unirán sus vidas en matrimonio en unos pocos meses; pero conseguir su «nidito de amor» ha sido toda una odisea. «Desde hace algunos meses iniciamos la búsqueda de nuestra casa, pero por falta de presupuesto no hemos podido comprarla; decidimos alquilar un lugar, sin embargo, esta opción se nos ha hecho imposible, ya que los propietarios temen que nos apoderemos de su inmueble».

El alto costo de las viviendas hoy día y el bajo poder adquisitivo, hacen que comprar una casa luzca imposible.

Ante ello, muchos intentan alquilar, pero esta opción parece no existir luego de la entrada en vigencia de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 6.053, el 12 de noviembre de 2011.

Esta legislación tiene como finalidad establecer el régimen jurídico especial de arrendamiento de inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda, ya sean arrendados o subarrendados, total o parcialmente; (…) con el fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano y la garantía plena de este derecho a toda la población; y promoviendo relaciones arrendaticias justas conforme a los principios del Estado democrático y social, de derecho y de justicia, cumpliendo el mandato de refundación de la República, establecido en la Carta Magna» —destacados nuestro—.

Pero lejos de cumplir este objetivo, fuentes ligadas al sector inmobiliario aseguran que  generó incertidumbre y temor en el mercado razón por la cual ha caído la oferta de alquileres y es lo que hoy en día padecen esta o cualquier otra pareja. «En muchos de los casos nos han dicho que después de que tengamos un hijo será imposible sacarnos de la casa, así que prefieren no alquilar a parejas especialmente las recién casadas. Estamos desesperados, pues no queremos vivir en casa de nuestros suegros», expresó Delgado.

Los jóvenes indican que han visitado empresas inmobiliarias y revisado los clasificados de los periódicos, pero la búsqueda ha sido infructuosa, «las empresas que hemos visitado nos han informado que por motivo de la Ley, los alquileres están suspendidos. Nos preguntamos a diario cómo o qué debemos hacer para conseguir nuestra casita antes del matrimonio».

Mercado reducido por sobreprotección

El presidente de la Cámara Inmobiliaria del estado Zulia, Carlos Alberto González, aseveró a QUÉ PASA que a raíz de la promulgación de la Ley de Arrendamiento de Viviendas «el mercado inmobiliario prácticamente quedó reducido a muy pocas operaciones», por las trabas que ésta presenta como dificultad para regresar el inmueble al propietario en caso de incumplimiento o en caso de que el dueño decida no seguir arrendándolo por algunas de las causas que prevé la Ley.

«Es muy difícil, para no decir imposible, que el arrendatario salga de la vivienda, por el proceso legal que implica, que además es muy largo. Aún si el arrendatario incumple el contrato o el impago de las obligaciones, no puede ser objeto de desalojo. El proceso para sacar a un inquilino de la vivienda pueden llevar años para que se pueda dar la medida, y aun obteniendo la sentencia de desalojo, hay un decreto que lo prohíbe hasta que la persona consiga un lugar a donde irse o el Estado le provea de una vivienda», destacó González.

El presidente de la Cámara Inmobiliaria del estado Zulia, resaltó que en caso de que haya menores de edad de por medio es aúnmás difícil el desalojo.

Tampoco es negocio

Señaló que otro de los aspectos negativos de la Ley es la imposibilidad real de obtener un valor justo por la propiedad, «la normativa establece una serie de elementos que no distinguen la situación del inmueble, es decir, que una casa o apartamento en el sector de La Virginia, —reconocido sector de clase alta de la ciudad de Maracaibo— de unos 100 metros cuadrados, tiene el mismo valor que una propiedad de las mimas características ubicada en el sector La Chamarreta, según la Ley, por lo que no se está tomando en cuenta la ubicación, sino solo el tamaño del inmueble».

«Actualmente los propietarios no están recibiendo una remuneración adecuada de sus bienes, y además corren el riesgo de perder la casa o apartamento y no recuperarlo jamás. En esas condiciones es temerario alquilar», enfatizó González.

Explicó que la Ley de Arrendamientos de Viviendas establece distintas escalas dependiendo del estado, por ejemplo, «el alquiler de un apartamento en Caracas, de 100 metros cuadrados no tiene el mismo valor, que un apartamento de 100 metros cuadrados en Maracaibo, porque existe un coeficiente de 6,2, es decir, que una persona cancela en Caracas mil bolívares por un alquiler y en Maracaibo 620 bolívares».

Por todos los contras de la normativa, González asegura que los alquileres de viviendas están «totalmente paralizados en la ciudad». «Probablemente se están dando los contratos privados, pero estos son delicados porque tienen la misma validez que los autenticados. Los arrendadores tienen que ir siempre al margen de la Ley».

Fuera de opciones

La gerente de una reconocida agencia inmobiliaria de la ciudad, en una entrevista realizada por QUÉ PASA, aseguró que luego de la entrada en vigencia de la Ley de Arrendamientos de Viviendas, los alquileres de casas se «vinieron abajo»: «Nos vimos obligados a sacar los alquileres de nuestras cesta de opciones porque no brindaba ningún beneficio a los arrendadores, sino contras. Actualmente solo nos estamos dedicando a la venta de inmuebles».

Indicó que la agencia también retiró de sus operaciones los alquileres de locales comerciales por falta de peritos que realicen las evaluaciones de los metros cuadrados para determinar el valor aproximado de arrendamiento.

Destacó que la agencia inmobiliaria para la que trabaja aconseja a los clientes no alquilar sus inmuebles sino vender, ya que la ley no ampara al propietario, «lo más apropiado en estos momentos es vender».   

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El presidente de la Cámara Inmobiliaria del estado Zulia, Carlos Alberto González

Procesos para alquilar

El presidente de la Cámara Inmobiliaria del estado Zulia, Carlos Alberto González, informó que las personas interesadas en alquilar algún inmueble deben dirigirse hasta la Superintendencia Nacional de Viviendas (Sunavi), ente encargado de inspeccionar el inmueble y establecer el valor del mismo. Posteriormente, los interesados deben dirigirse hasta cualquier Notaría Pública para autenticar el alquiler, «hasta los alquileres de residencias estudiantiles deben ser autenticados porque entran en la Ley». 

Sin intermediarios

Una fuente ligada al sector inmobiliario aseguró a este rotativo que los alquileres de viviendas en la actualidad sí se están realizando, pero «sin intermediarios», es decir, que los propietarios no buscan la ayuda de las empresas inmobiliarias para ofrecer sus propiedades. «Los alquileres de casas o apartamentos no han dejado de existir, se están realizando m uy privadamente entre dueño e inquilino. En la mayoría de los casos entre familiares o personas super conocidas para evitarse problemas con la Ley».

Comentó que en 2004 el 75% de las llamadas que recibían eran para ofrecer alquileres, pero actualmente el 98% es por compra o venta de inmuebles, «los alquileres definitivamente no están fluyendo, porque generan de cierto modo pérdidas a los propietarios, como el contrato del inmueble debe hacerse anualmente, lo más probable es que en dos o tres meses la cuota mensual pierda valor por la inflación, es por ello que no resulta factible esta opción».

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El costo del alquiler no depende de la zona sino de los metros cuadrados del inmueble

Requisitos para alquilar

1.- Solicitud escrita dirigida al superintendente nacional de Arrendamiento de Vivienda.

2.- Copia del contrato de arrendamiento escrito a su nombre o justificativo de testigo, —notariado en original—.

3.- Copia legible de la cédula de identidad del arrendatario.

4.- Copia de la cédula de identidad del arrendador si la posee.

Políticas erradas

El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini Pietri, aseguró en una oportunidad que el mercado inmobiliario de arrendamiento se acabó en Venezuela, producto de las políticas erradas aplicadas al sector.

«La Ley de Arrendamientos acabó con las posibilidades de que los venezolanos tuvieran una vivienda digna a través del alquiler. Violentó la propiedad privada de muchos venezolanos que habían ahorrado en vivienda para que una parte de ese ingreso los ayudara», aseveró Martini Pietri.

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