TSJ: Sustituciones se podrán realizar solo 10 días antes de las regionales

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5 de octubre, 2017 - 8:57 pm
Francys Medrano / [email protected]

Asimismo, ordenó la publicación del fallo en la Gaceta Judicial de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

Foto: Agencias

Caracas-Este jueves, la Sala Electoral del tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró que resuelta la interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, referente a la sustitución de candidatos y aclaró que dicho proceso solo se podrá realizar diez días antes de las elecciones, este jueves 5 de octubre.

A través de su portal web el Tribunal publicó la sentencia 165 luego que el diputado de la Asamblea Nacional Omar Ávila consignara un recurso de interpretación para los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

El TSJ ordenó «la publicación del fallo en la Gaceta Judicial de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en cuyo sumario se debe indicar: «Sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual se interpreta el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales».

Sentencia

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