Tribunal Supremo prohíbe casarse antes de los 16 años

18 de octubre, 2014 - 1:40 pm
Redacción Diario Qué Pasa


Caracas —
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ordenó a través de una sentencia que «no podrá contraer matrimonio la persona que no haya cumplido 16 años». Con esa decisión, los magistrados de la Constitucional anularon el párrafo del artículo 46 del Código Civil que dice: «No pueden contraer válidamente matrimonio la mujer que no haya cumplido catorce (14) años de edad y el varón que no haya cumplido dieciséis (16) años».

La petición de anular parcialmente el mencionado artículo fue hecha por la Defensoría del Pueblo porque considera que ello «lesiona el derecho a la igualdad y no discriminación previsto en el 21 de la Constitución».

El «matrimonio prematuro» resulta contrario a los intereses de la adolescencia, sostienen los magistrados de la Sala Constitucional.

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