Rectores del CNE ejercerán con períodos vencidos

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10 de junio, 2014 - 2:57 pm
Redacción Diario Qué Pasa

Foto: Agencias

Caracas — La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictaminó que los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) con el período vencido ejercerán legítimamente sus funciones hasta tanto la Asamblea Nacional (AN) designe sus nuevas autoridades.

Así lo señala el TSJ en la sentencia que declara inadmisible la demanda de «interpretación constitucional», intentada por los ciudadanos Cecilia Sosa Gómez y José Vicente Haro, en relación con el artículo 296 de la Constitución, en lo que se refiere al período constitucional que deben cumplir los rectores integrantes, reseñó un comunicado de prensa.

Se precisó que aún habiendo culminado el período de algunos rectores del órgano comicial, así como el de sus respectivos suplentes, no puede admitirse una paralización en el ejercicio de una función pública indispensable para la democracia, por lo que con base a la continuidad administrativa, «los rectores ejercerán legítimamente sus funciones hasta tanto la AN designe a las nuevas autoridades del Poder Electoral».

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