Prohibida la venta informal de regulados

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28 de octubre, 2014 - 1:03 pm
Redacción Diario Qué Pasa

Foto: Agencias

Con la publicación ayer en Gaceta Oficial de la resolución presidencial, se prohibió a los buhoneros vender aceite de maíz, arroz, arvejas, atún, café, harina, leche, azúcar, mantequilla, pastas, huevos, mayonesa, salsa de tomate, sal, trigo, maíz, carne de bovino, de cerdo de pollo y gallina; pañales, papel higiénico, toallas sanitaria, champú, acondicionador, jabón, detergentes y desinfectantes.

Maracaibo- En la Gaceta Oficial N° 40.526 que circuló ayer, fue publicada una resolución impuesta por la presidencia de la República, en la cual se prohíbe la venta o cualquier algún otro tipo de intercambio mediante el comercio informal, ambulante o eventual, de los productos o rubros de la cesta básica, medicinas, insumos y cualquier otro bien importado o producido en Venezuela para el consumo de los ciudadanos.

La Gaceta establece que quienes violen la medida establecida serán sancionados según lo establecido en la Ley de Precios Justos. «Las autoridades militares y policiales deberán aplicar de inmediato los planes de inspección y verificación necesarios en establecimientos industriales, comerciales y de servicios a fin de evitar la venta a través del comercio informal», apunta la resolución.

Las sanciones pueden ser de  200 a 10.000 UT, a quienes compren productos de primera necesidad con el fin de revenderlos a precios superiores.

Por su parte, el presidente de Venezuela Nicolás Maduro afirmó el pasado viernes sobre una  reforma a la Ley de Precios Justos, el cual dictará que quienes infrinjan la Ley tendrán una pena de 10 a 14 años de cárcel por contrabando.

Productos

Según la Gaceta queda prohibido que buhoneros vendan productos de alimentos como:  Aceite de maíz, arroz, arvejas, atún, café, harina, leche, azúcar, mantequilla, pastas, huevos, mayonesa, salsa de tomate, sal, trigo, maíz, carne de bovino, de cerdo de pollo y gallina; asimismo, de higiene personal como: pañales, papel higiénico, toallas sanitaria, champo, acondicionador para el cabello, jabones, detergentes y desinfectantes.

También, productos como: útiles escolares, cemento, cabilla, bloques, medicinas, anticonceptivos no pueden ser vendidos por el comercio informal.

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