Luisa Ortega Díaz aclaró que el Tribunal Supremo de Justicia no puede disolver a la Asamblea Nacional

luisa ortega
28 de octubre, 2016 - 5:22 pm
María Álvarez / [email protected] / Con información de: Globovisión / El Universal

Con respecto a la posibilidad del juicio político contra el Jefe de Estado, Luisa Ortega Díaz aclaró también que la carta magna no lo contempla para el presidente de la República

Foto: Agencias

Caracas. – La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, informó en  una entrevista realizada por  el noticiero Venevisión  que el  Tribunal Supremo de Justicia no puede disolver a la Asamblea Nacional.

Ortega Díaz explicó que no es competencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) disolver a la Asamblea Nacional, sino que eso solo es privativo del presidente de la República.

Explicó que la Constitución Nacional establece en su artículo 240 las causales de disolución del Parlamento venezolano, resumiendo que sucede «cuando hay una moción de censura contra el vicepresidente tres veces en un mismo periodo. Esa es una causal para disolver la Asamblea y quien puede disolverla es el presidente de la República».

«Es privativo del presidente de la República disolver la Asamblea y no del Tribunal Supremo», concretó en la entrevista.

Con respecto a la posibilidad del juicio político contra el Jefe de Estado, Luisa Ortega Díaz aclaró también que la carta magna no lo contempla para el presidente de la República.

«Nuestra constitución no contempla el juicio político (…). El juicio político no existe contra el presidente de Venezuela», dijo al respecto.

Explicó que para este no existe ni siquiera la moción de censura, sino «contra el vicepresidente de la República o contra los ministros, pero nunca contra el presidente, porque la Constitución no lo consagra». Continuó y señaló que la forma para destituir un presidente es a través del antejuicio de mérito y el único organismo que tiene la facultad para hacer eso es el Ministerio Público, a través del Fiscal General de la República. Además de que debe actuar la Sala Plena del TSJ. Sólo será después de que la Sala Plena del TSJ decida al respecto, que tendrá que pedir autorización a la Asamblea Nacional para continuar y comenzar la etapa de juicio de mérito.

«Pero si el TSJ no ha requerido la autorización, después de todo este proceso, la Asamblea no puede intervenir», resaltó.

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