Las entidades bancarias no pueden excederse en el cobro de las comisiones publicadas
Foto: Agencias
Caracas — De manera extraoficial se conoció que el Banco Central de Venezuela (BCV), publicó en Gaceta N° 40.601, las nuevas tarifas que los usuarios deben pagar al banco para realizar distintas operaciones y otras actividades que se realicen ante las entidades bancarias.
Prestación de los servicios de negociación de moneda extranjera Mercado de Alto Valor: hasta 0,50% en moneda nacional.
Servicio de negociación, en moneda nacional, de títulos emitidos o por emitirse en divisas: hasta 0,50% del monto en bolívares de dicha operación.
«Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este aviso oficial aquellas comisiones, tarifas o recargos que cobren las instituciones bancarias extranjeras con ocasión de transacciones ejecutadas en virtud de operaciones pactadas en los aludidos mercados, las cuales serán imputadas al cliente y/o usuario respectivo y pagadas de acuerdo con los estándares internacionales».
Con estas medidas las entidades bancarias se verán obligadas a regirse por las normativas sin poder exceder las comisiones anteriormente señaladas, preservando de esta manera un mercado libre y justo.
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